Recibir coche por herencia: GUÍA BÁSICA para trámites

El reparto de bienes de una persona fallecida puede generar diferentes situaciones, sobre todo si no ha dejado constancia de ello en su testamento. Repasamos cuáles son los trámites a efectuar si recibes un coche por herencia y cómo actuar en cada caso según la decisión que tomes.

Si tras el fallecimiento de un familiar cercano has heredado un coche, debes saber que debes realizar una serie de trámites antes de utilizarlo y conducirlo como vehículo propio. Esto es lo primero que debes saber si estás en esta tesitura, pero no lo único. Y es que pueden darse varias circunstancias y todas ellas pueden generar dudas según la decisión que tomes y el procedimiento que te plantees que debes realizar. Repasamos todas las posibilidades y resolvemos todas las dudas posibles.

¿Y si quisiera que mi perro fuera mi heredero? ¿Es posible? Si te preguntas si las mascotas pueden formar parte de tu herencia, te damos respuesta a todas tus dudas.

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Heredar coche si no se incluye o no hay testamento

Pero claro, puede darse es que el vehículo no se encuentre anotado en el testamento o que ni siquiera el propietario redactara este antes de fallecer.

Heredar coche sin testamento

Si no existe testamento alguno, debemos realizar una Declaración de Herederos para que se considere a sus descendientes más cercanos los herederos por partes iguales. Si el fallecido no dejó constancia de su última voluntad, deben ser los descendientes los herederos a partes iguales. De esta forma se repartirán los bienes de forma proporcional como marcan los criterios de la ley. Sin cónyuge ni descendientes, son los familiares más directos los herederos.

Siendo una herencia intestada, se necesita la firma de un notario para llevar a cabo la Declaración de Herederos, para así respetar las decisiones de los familiares de la forma más justa. Por ello y para otorgarle a la persona la condición de legatario, la presencia del notario es imprescindible en estos casos.

Heredar coche que no está en el testamento

También puede darse que exista testamento, pero que el fallecido no asignara a ningún heredero el vehículo o bien no lo incluyese en el documento como bien a repartir. Una tesitura en la que el adjudicatario del coche debe decidirse según la repartición de bienes con el resto de herederos o mediante venta. Si no hay acuerdo entre los propios herederos se tendría que acudir a un notario o incluso a los tribunales.

No hay un único heredero

Si el vehículo se incluye en el testamento, pero no hay un único heredero, a cada uno de estos le tocará una parte proporcional del coche. Esto pasará cuando el bien figure como parte de la herencia sin destinatario concreto. Esta cuestión suele resolverse mediante la venta o la partición de bienes entre los propios herederos.

herencia de un coche

Si uno de los herederos quisiera ser propietario del coche, pero otro pretende su venta, se debe llegar a un acuerdo entre ambas partes. Uno puede comprar la parte del otro o negociar sobre la propiedad o el intercambio de otro de los bienes. El notario es de nuevo la figura idónea para mediar en estas situaciones, mientras que si no hay acuerdo posible se trasladará el asunto al juzgado para su venta judicial, que requerirá acudir a los tribunales para tomar una decisión final a la que los herederos no pueden oponerse.

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Trámites para heredar un coche

Una vez exista testamento y se indique con precisión quién es el heredero del vehículo, este debe realizar una serie de trámites para cambiar la titularidad y pasar a ser el propietario definitivo.

El cambio de titularidad y el proceso de transmisión del vehículo son procesos indispensables a cumplimentar, además de abonar impuestos y tasas al respecto. Para ello se debe aportar la documentación necesaria que haga efectivo el cambio, por lo que la transmisión provisional debe solicitarse antes de 90 días tras pasar a ser el adjudicatario del vehículo.

Cambio de titularidad y transmisión definitiva

  1. En primer lugar, se debe pedir cita en la Jefatura de Tráfico, bien por la web o Registro Electrónico o llamando al 060.
  2. El siguiente paso será solicitar un certificado de Defunción en el Registro Civil del lugar donde falleciera el propietario. Este no tiene ningún coste y debe ser solicitado por los herederos.
  3. Tras 15 días hábiles desde el fallecimiento, se debe solicitar también el certificado de Actos de Última Voluntad en el Registro Civil, o bien en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o vía online. Se requiere presentar el Certificado de Defunción y abonar una tasa de 4 euros. Este paso será sustituido por la Declaración de Herederos o Acto Judicial de Derechos Herederos en caso de que el propietario y fallecido no fijara un único heredero.
  4. Abonar el Impuesto de Sucesiones como tasa necesaria para heredar un bien. Su precio varía según la comunidad autónoma y según el grado de parentesco, que será más bajo cuanto mayor sea. Se debe realizar el pago del porcentaje que corresponda sobre el total de lo heredado (no sólo sobre el vehículo) en la Delegación de Hacienda. Todo ello cuando los herederos cuenten con el testamento del fallecido o el Certificado de Actos de Última Voluntad.
  5. Una vez en la Jefatura de Tráfico, para realizar el cambio de titularidad debemos aportar la siguiente documentación:
    DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del interesado o heredero.
    DNI o pasaporte original o fotocopia compulsada de la persona fallecida.
    Certificado de Defunción.
    Escrituras de herencia (Testamento o Declaración de Herederos) que confirme que el vehículo es heredado por el beneficiario interesado.
    Documentación del vehículo.
    Justificante del pago del Impuesto de Sucesiones.
  6. También se debe pagar la tasa de cambio de titularidad del vehículo, que suele tener un coste de 54 euros. Se realiza también en la Jefatura de Tráfico y únicamente se acepta el pago con tarjeta.
  7. Y, por último, abonar el impuesto de circulación en el Ayuntamiento.
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Transmisión provisional

Si no se determina el beneficiario definitivo del vehículo, el heredero interesado que se haga con la custodia provisional debe comunicarlo en Tráfico antes de 90 días tras el fallecimiento de su anterior propietario.

Además, tendrá que realizar los mismos trámites que se requieren para un cambio de titularidad habitual en caso de herencia, pero en el registro de vehículos debe quedar anotado que esta transmisión específica es provisional, hasta que se complete su adjudicación hereditaria.

¿Puedo circular con un vehículo heredado?

Está permitido circular durante el periodo de tramitación de la transferencia, siempre y cuando su documentación se encuentre en regla.

Qué hacer si no quiero un coche heredado

También puede darse la tesitura de que el beneficiario o heredero único del coche no desee ser el propietario del mismo. En ese caso podría optar por renunciar a la herencia o bien aceptar la propiedad para luego venderla una vez realice primero el cambio de titularidad.

herencia de un vehículo

Renunciar a una herencia o a un bien específico heredado es posible siempre y cuando se dé en su totalidad, nunca de manera parcial o con condiciones. Esto implica que no se puede renunciar al vehículo, pero sí aceptar el resto de la herencia, lo que sin duda supone un aspecto muy importante de la misma a tener en cuenta. Y es que, si se opta por renunciar al coche, ello significa tener que renunciar a toda la herencia, siendo además tanto la renuncia como la aceptación de la misma actos irrevocables ante la ley.

Cuestiones que hacen que sea necesario reflexionar para tomar una decisión de la que se esté totalmente convencido. Por ello, en caso de duda quizá convenga aceptar la herencia e intentar la venta del vehículo a posteriori si es el único bien que no se desea recibir. Para la venta de este, es necesario llevar a cabo antes el cambio de titularidad y todos los pasos que implica y que se han especificado más arriba. Esta es el único medio para que el beneficiario pase a ser el propietario y pueda tomar una decisión sobre su bien.

Si hemos optado por vender un coche heredado, en ese caso estamos obligados a realizar una doble transferencia. Primero como herederos legítimos y nuevos propietarios del vehículo, y posteriormente realizar un segundo cambio de titularidad con el nombre del nuevo comprador.

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¿Cómo dar de baja el coche de un fallecido?

Una de las preguntas más frecuentes ante el fallecimiento de un familiar es cómo dar de baja el coche del mismo. Te contamos todo lo necesario para que el trámite te sea lo más sencillo posible.

Lo primero que debes de saber es que existen dos medios para conseguir la baja del vehículo: contactar con la Jefatura Superior de Tráfico o poner en manos de una Gestoría Administrativa todo el trámite (en este caso, serán ellos mismos quienes se pongan en contacto con la Tráfico).

Lo más relevante para la baja es reunir la documentación necesaria, lo que, por otra parte, suele ser lo más costoso de todo el proceso.

Una persona firma un documento

¿Cuáles son los documentos necesarios?

En caso de que el coche haya sido asignado a alguno de sus herederos en función de la voluntad del fallecido, debe presentarse:

  • La Tarjeta de Inspección técnica.
  • El permiso de circulación del vehículo en cuestión.
  • DNI del anterior titular del vehículo (del fallecido).
  • Fotocopia del testamento, si es que éste ha sido realizado
  • Fotocopia del Certificado de Defunción.

Asimismo, si no existe una asignación del vehículo determinada por el testamento, deben presentarse además de los anteriores, los siguientes documentos:

  • Fotocopia del DNI de todos los posibles herederos (normalmente los cónyuges del fallecido)
  • Fotocopia del libro de familia
  • Documento de renuncia de los herederos, previa cumplimentación y firma por todos ellos a favor de la persona encargada (que deberá hacer la entrega del vehículo).

Este documento puede ser descargado en la página web de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Además, la DGT o la Gestoría Administrativa – en caso de que se haya puesto en contacto con la misma – se encargará de retirar el vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) o desguace, lugar en el que se procederá a la descontaminación y reciclaje del vehículo.

Es en el Centro Autorizado de Tratamiento donde se produce el Certificado de Destrucción, documento gratuito y aceptado en toda la UE. Con el mismo es posible acreditar que el vehículo se encuentra en dichas instalaciones, en proceso de ser sometido al tratamiento en cuestión.

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Además, el Certificado de Destrucción (junto con el justificante de la baja definitiva de tráfico) permite gestionar otros procedimientos, que deben realizarse tras el fallecimiento del titular del vehículo, en caso de que sea necesario. Entre estas gestiones, se encuentran:

  • La baja de la póliza en la compañía de seguros
  • La Baja del impuesto de circulación o IVTM
  • El acceso a ayudas; entre las que destacan el plan PIVE 3 y el Plan Movele.

Parte delantera de un coche

¿Cómo doy de baja el coche si tiene multas pendientes?

La existencia de sanciones impuestas al titular del vehículo no impide dar de baja el mismo, por lo que debe presentarse la misma documentación que la anteriormente expuesta.

La única excepción que existe al procedimiento ordinario es que es necesario el pago de las deudas, las cuales serán reclamadas, aunque haya sido gestionada la baja del vehículo.

¿Qué hago si no se encuentran todos los herederos disponibles para la entrega del vehículo?

En el procedimiento para dar de baja un vehículo es frecuente que no todos los familiares que deben intervenir en el proceso vivan en la misma ciudad o tengan posibilidad de acudir a la entrega del coche. Por ello, es posible continuar con el procedimiento con tan solo presentar la siguiente documentación adicional:

  • Fotocopia del DNI de la persona autorizada a llevar a cabo la entrega del coche.
  • Documento de autorización, que se encuentra disponible para descargar en la página oficial de la DGT. Éste debe ser firmado y rellenado por la persona autorizada, así como por el heredero que no va a estar presente.

No encuentro la documentación del coche, ¿Qué hago para reunir todo lo necesario para la baja?

Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, extraviar la documentación del vehículo es común en estas circunstancias. Por ello, existe un formulario para rellanar y entregar en caso de extravío de la misma.

Además, si se ha producido el robo de la documentación acreditativa del vehículo, debe presentarse la denuncia realizada.

Esperamos que toda esta información haya sido de gran utilidad. ¡Como veis, un procedimiento sencillo en el que la documentación a presentar es la clave! Además, si tienes alguna otra duda sobre cómo dar el último adiós a la persona fallecida o no tienes claro qué seguro de decesos escoger, puedes consultarlo aquí.

Después de dar de baja el vehículo, ¿no sabes qué hacer con él? Echa un vistazo a este artículo y descubre todas las posibilidades que tienes: ¿Qué podemos hacer con un coche viejo?

Seguro para un coche heredado

Cambiada la titularidad del vehículo, se debe informar a la compañía aseguradora del fallecimiento del tomador del seguro presentando el certificado de defunción, para que de esta forma se pueda cancelar la póliza.

En este caso, la compañía podría ofrecer parte de la prima no consumida para que así el nuevo propietario contrate un nuevo seguro, el que más le interese según sus necesidades, ya sea temporal o anual.

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Perfil del autor

Periodista | Comunicación corporativa y Marketing Digital en TERRÁNEA

Jesús Rengel Ortiz

Periodista | Comunicación corporativa y Marketing Digital en TERRÁNEA

10 comentarios

  1. Hola muy buenas la madre de mi pareja falleció y ella heredó un coche con matrícula francesa , estamos buscando cómo hacer el cambio de titularidad pero no nos dan una solución ni aquí en España ni en Francia, sabríais que pasos tiene que hacer para poder hacer el cambio de titularidad?

    • En primer lugar se debe contar con una declaración de herederos firmada por notario que estipule que el vehículo ha sido heredado legalmente. Gestión que se debe llevar a cabo en el país en el que el propietario fallecido del vehículo residía o si contaba con dicha nacionalidad. A partir de ahí, y según la DGT, se debe presentar en Tráfico dicha documentación que acredita que el vehículo es de tu propiedad, realizar la ITV, abonar los impuestos vinculados a la matriculación, solicitar dicha matriculación y colocar la placa con la nueva matrícula.
      Tenéis esta información más desarrollada aquí: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/quieres-traer-o-llevarte-un-vehiculo-del-extranjero/matricular-un-vehiculo-proveniente-de-la-ue/
      Otra opción es que consultéis en la embajada francesa por si os pueden aclarar de primera mano esta consulta y facilitar más información al respecto.

  2. Hola, mi padre ha dejado en herencia el coche a partes iguales entre mi madre, mi hermano y yo. Necesito saber que documentos me hacen falta para ponerlo a mi nombre estando todos de acuerdo. Somos de Cádiz. Gracias.

    • Necesitas los documentos a los que se hace mención en el texto. Para certificar el acuerdo de quién heredará el mismo debéis acudir al notario.

  3. Mi sobrino falleció y tenía un coche. El era residente en España, era cubano . Sus padres ya han hecho la declaración de herederos,pero donde lo hicieron le han dicho que como no era ciudadano español pues tienen que hacer trámites en el consulado cubano para poder cambiar de nombre dicho coche. El coche lo compro aquí por supuesto, y vivía en valencia hace 3 años con tarjeta de residencia. Quiisiera saber si esto es así. Gracias de antemano.

    • Si el fallecido era de nacionalidad extranjera debe aportarse el Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad que corresponda al país de su nacionalidad.
      A la hora de acreditar el trámite de heredero de la persona fallecida, se debe presentar el certificado de nacimiento del causante y el de los demás herederos. Para lo que es imprescindible distinguir según la nacionalidad y el vínculo con el fallecido.
      Para las personas nacidas en España, las partidas de nacimiento pueden obtenerse en el Registro Civil de la localidad en la que nacieron el causante y los herederos. En el caso de que hayan nacido en el extranjero, se debe solicitar la copia del certificado en el consulado que corresponda o contactar con las autoridades del país y solicitar la tramitación de dicho certificado.

  4. Si el heredero es de otra comunidad, puede contratar a algún gestor para hacer todos los papeles? Vale la pena pagar a alguien si la única cosa a heredar en un coche?

  5. Y en caso de un heredero,que ya ha recibido la herencia,incluso vendido sus inmuebles. Y sigue sin cambiar a su nombre la titularidad de un coche(a desguazar) del fallecido ni se lo lleva de casa de otro heredero donde lleva años molestando….
    ¿Como se comunica a la DGT la adjudicacion que se hizo en la herencia ya repartida, para que se lleve su chatarra de una vez?

  6. Cambiar de nombre un coche por fallecimiento del titular

    Un artículo muy útil y mi completo. Ante la muerte de un ser querido surgen trámites que hay que realizar que peden ser tediosos ante una situación tan difícil. En estos casos, muchas veces es contar con la ayuda de un profesional.

  7. Es muy interesante saber que no se puede recibir el vehículo a beneficio de inventario y rechazar el resto de la herencia.

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