Condena pionera en España por tortura psicológica a un perro

Primera persona penada con condena en España por causar lesiones psicológicas a un perro de 8 meses al que maltrataba. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Fuerteventura ha dictado la sentencia.

La tortura psicológica hacia animales de compañía ha sido penada por primera vez en España. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Fuerteventura ha sido el encargado de dictar la sentencia, mediante la que se condena a una persona como autora responsable de un delito de maltrato animal sobre un perro al que se le diagnosticaron ataques de pánico y estrés crónico.

La principal novedad de la sentencia es que contempla por primera vez las lesiones psicológicas a la mascota, un pitbull de tan sólo ocho meses, según confirmó al medio Animal’s Health la abogada de la Asociación Abogados Prodefensa de los Animales Maite Bautista, que formó parte de la acusación en el juicio.

Si bien la sentencia no especifica sobre lesiones psicológicas, sí lo hace de las consecuencias psíquicas que ha sufrido el animal tras estar sometido a malos tratos por parte de la persona condenada.

Un cambio destacado que provoca que se trate de una sentencia “pionera”, al menos en Canarias y con gran probabilidad en toda España, según indica la propia Bautista. Una condena que únicamente tiene en cuenta, por primera vez, las lesiones psicológicas que sufre el animal de compañía. Si bien otras reflejaban tanto las lesiones físicas como psicológicas, como sucedió en el caso de las yeguas que fueron violadas.

Hasta tres informes de cuatro peritos diferentes fueron presentados en el juicio, por parte de una veterinaria municipal, una bióloga experta en etología, una educadora canina y otra veterinaria con postgrado en etología. La abogada reconoce en sus declaraciones que accedió a participar en el juicio tras recibir una serie de peticiones que apuntaban que se trataba “claramente” de maltrato psicológico, con riesgo de archivarse si se consideraba finalmente como delito leve. El propio Seprona de la Guardia Civil advirtió de la posibilidad de no poder acreditar acusación alguna ante un Juez si no se demostraba el maltrato con informes psicológicos.

Nadie ha negado nunca que se hayan producido lesiones psicológicas en casos de maltrato animal, pero como es algo muy difícil de probar no se había hecho”, señala Bautista en sus declaraciones, haciendo referencia a la posibilidad de emplear estas pruebas en otros juicios o casos similares.

El vídeo del maltrato, decisivo para la condena

Una de las pruebas más decisivas durante el juicio fue la de mostrar el vídeo de una agresión sufrida por la mascota, dejando “horrorizado” al Juez e incluso al abogado del acusado, según Bautista. La propia abogada reconoce que “si no se hubiera mostrado el vídeo, el Juez no se hubiera mostrado tan contundente“.

La sentencia recoge, además, que el perro, de nombre Blue, era mantenido por el condenado sin microchip, en el patio trasero de su vivienda, “encadenado, sin agua y sin cobijo para protegerse de las altas temperaturas“. La misma también recoge que el individuo procedió “en repetidas ocasiones” a golpear al animal en la cabeza y en el cuerpo “con puños y patadas, todo ello mientras el perro se encontraba encadenado y sin posibilidad alguna de huir”.

Todo ello causó al animal, además del dolor inevitable por los repetidos golpes, “ataques de pánico y estrés crónico, manifestado con dermatitis exfoliativa, jadeos permanentes y gestos de evitación“.

Sobre el estado actual de la mascota, la abogada confirmó que “está muy mal”, y que, a pesar de haber mejorado un poco, “tiene mucho miedo y va a ser muy difícil que se recupere“.

La gravedad de las imágenes, junto con la “contundencia” de los informes etológicos, influyeron en la sentencia. La misma también recoge la conformidad del acusado con los hechos relatados durante el juicio, señalándole como autor criminalmente responsable de un delito de maltrato animal y condenándole a ocho meses de prisión y pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante este tiempo.

También establece una pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales durante dos años, junto con el abono de las costas procesales. También tendrá que indemnizar a la entidad que se hizo cargo de la mascota maltratada con 1.443 euros, y se procederá al decomiso definitivo del perro, que será entregado a la misma.

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Perfil del autor

Periodista | Comunicación corporativa y Marketing Digital en TERRÁNEA

Jesús Rengel Ortiz

Periodista | Comunicación corporativa y Marketing Digital en TERRÁNEA

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