Las empresas que operen en Países Bajos deberán registrar a sus conductores

A partir del 1 de marzo las empresas de transporte y los autónomos que realicen tráficos con origen o destino en Países Bajos o cuyos camiones hagan cabotaje dentro de este país, estarán obligados a registrar a sus conductores. Las sanciones por no hacerlo serán de hasta 12.000 euros, tanto para el transportista como para sus clientes.

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Las cargas burocráticas que soportan los transportistas de internacional no paran de aumentar. Ahora les ha tocado el turno a aquellas empresas y autónomos que operan en los Países Bajos, porque partir del próximo 1 de marzo el ministerio holandés de Asuntos Sociales y Trabajo tiene previsto poner en marcha un nuevo sistema digital a través del cual todas las empresas que sean “proveedoras de servicios” en este país deberán registrar a sus empleados, algo que como hemos apuntado también afectará a los transportistas autónomos.

Lo que pretende el gobierno holandés con esta medida es que los trabajadores desplazados disfruten de idénticas condiciones salariales, laborales y de tiempos de conducción y descanso, que los trabajadores holandeses. Este trámite de “Alta” deberá cumplimentarse cuando se realicen operaciones de cabotaje dentro de territorio holandés o cuando las mercancías transportadas tengan origen o destino en algún punto del país.

En el caso de las empresas y autónomos cuya actividad son los servicios de transporte de mercancías por carretera, la normativa autorizará la realización de una notificación con carácter anual, trámite que podrá realizarse a partir del próximo lunes días 10. Hay que tener muy en cuenta que una vez que esta normativa entre en vigor el 1 de marzo las sanciones podrán llegar a los 12.000 euros, multas que serán tanto para los transportistas como para sus clientes.

Los datos que se han de verificar son: información de la empresa, datos del cliente, industria en la que opera, la dirección del lugar de trabajo, la duración estimada de la actividad, identidad del responsable del pago de los salarios, identidad de los empleados potenciales y la certificación del pago de las contribuciones.

Además, las empresas españolas -no así los autónomos- deberán tener una persona de contacto en los Países Bajos,que será la encargada de establecer contacto con las autoridades holandesas en caso de inspección. Anotar que este nuevo trámite no deberá realizarse cuando los camiones tan sólo se encuentren en tránsito por Países Bajos.

Por último, esta persona de contacto deberá disponer de los contratos de trabajo de los conductores desplazados, los recibos salariales, el certificado A1 y los comprobantes de pago de la Seguridad Social.

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