Francia obliga a los transportistas a señalizar ángulos muertos

Todos los vehículos comerciales, camiones y autobuses por encima de 3,5 toneladas que circulen por Francia están obligados a incorporar una nueva señalización exterior que advierte a peatones y ciclistas de la existencia de “ángulos muertos” y del riesgo que ello puede suponer para su integridad física. No colocarla puede suponer motivo de sanción.

ángulos muertos

Los requisitos para transitar por Francia se complican para los transportistas españoles y para el resto de profesionales europeos. Recientemente, el gobierno francés acaba de establecer que todos los vehículos comerciales y camiones por encima de 3,5 toneladas, incluidos también los autobuses y autocares, que circulen por su territorio se encuentran obligados a incorporar una nueva señalización exterior.

Con la aplicación de esta medida las autoridades francesas quieren incrementar la seguridad vial y para ello con las nuevas señales pretenden avisar e informar al resto de usuarios, principalmente peatones y ciclistas, de los riesgos que para ellos se derivan de la peligrosa existencia de “ángulos muertos”. El objetivo es que esta señalización sirve de advertencia para que los usuarios conozcan que en determinadas maniobras o situaciones los conductores de los vehículos de transporte pueden carecer de la suficiente visibilidad.

Según consta en la ley de referencia esta nueva señalización debe fijarse de forma segura en ambos laterales de cabinas y semirremolques y en la parte trasera de todos los vehículos de transporte, sean estos rígidos o conjuntos articulados, a una altura aproximada de entre 0,90 y 1,50 metros del suelo. En ningún caso, y siempre que existan cuestiones técnicas comprobables que impidan su colocación a las alturas que se consideran como reglamentarias, estas señales deberán colocarse a una altura que supere los 2,10 metros.

Al mismo tiempo la normativa francesa establece que en aquellos vehículos que dispongan en sus cabinas de acristalamiento específico en la parte inferior de las puertas, las denominadas comercialmente como “cabinas Visión”, se podrán colocar las nuevas señales dentro de un límite máximo de tres metros a contar desde el frontal del vehículo, siempre y cuando no se obstruya la superficie de dicho acristalamiento. En caso contrario podrá excederse la distancia de tres metros.

Por otro lado, en el caso de vehículos dedicados a la actividad de portacontenedores, portacoches, cisternas, etc, se establece que la colocación de estas señales siempre será compatible con las características técnicas de dichos vehículos.

Finalmente, estarán exentos de colocar esta señalización de advertencia todos aquellos vehículos, remolques y semirremolques donde exista una clara imposibilidad estructural de instalarlas.

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