En Madrid Todos los Perros Obligados a Tener Seguro

¿Sabías que en Madrid todos los perros, sean de la raza que sean, y sean o no potencialmente peligrosos, están obligados a tener seguro de responsabilidad civil para perros?

En Madrid todos los perros están Obligados a Tener Seguro de Responsabilidad Civil

Según la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, todos los perros están obligados a tener seguro de R.C.:

Art. 6.2. Todos los propietarios de perros quedan obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil, por la cuantía que reglamentariamente se determine, en el plazo de un mes desde la identificación del mismo.

Doberman

Como la normativa no indica nada sobre si tiene que ser potencialmente peligroso o no, sino que indica “todos los propietarios de perros”, sea cual sea la raza de tu perro, si está censado y vive en Madrid, deberás sacarle su correspondiente seguro.

Ten en cuenta que el propietario o tenedor de un animal será responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione a las personas, bienes y al medio en general, así como aquellas personas que, a cualquier título, se ocupen habitualmente de su cuidado, alimentación y/o custodia, tal y como cita la normativa.

Algunos seguros de hogar lo incluyen, pero no todos, así que es muy aconsejable que lo consultes a tu compañía de seguros. En el caso de perros potencialmente peligrosos este seguro de responsabilidad civil deberá tener una cobertura mínima de 120.000 .

Y si es un perro considerado potencialmente peligroso, además de estar obligados a tener seguro, tendrás que sacarte la Licencia la Tenencia de Perros Peligrosos. En este artículo te explicamos cómo sacarte la licencia y cómo registrar a tu perro en el censo.

¿Dónde puedo conseguir un Seguro de Responsabilidad Civil para Perros?

Es muy sencillo, tan sólo tienes que entrar en nuestra web www.terranea.es y rellenar los datos del formulario. Te llevará 2 minutos y, al finalizar el proceso de alta, te enviaremos por email tu certificado de seguro de responsabilidad civil.

¡Rápido y Sencillo! ¿no crees?

¿Qué otras Obligaciones o Trámites son Obligatorios en Madrid?

La vacunación antirrábica

  • ¿Qué es la rabia?: se trata de una enfermedad que puede transmitirse al ser humano mediante la mordedura de perros, gatos o murciélagos.
  • ¿Cómo podemos prevenirla? Se previene mediante la aplicación de una vacuna inactivada, siendo obligatoria, en la Comunidad de Madrid
  • ¿Qué animales deben vacunarse y a qué edad?: La vacuna es obligatoria para los perros, mientras que para los gatos sólo es aconsejable. Se inyecta la vacuna a partir de los tres meses de edad.
  • ¿Cuál es el calendario vacunal?: En Madrid la vacuna contra la rabia tiene carácter anual.
  • ¿Cómo podemos saber si un animal está vacunado?: En su cartilla veterinaria pondrá el veterinario un sello que hará referencia a la vacuna aplicada y otro que indicará si la vacuna la ha puesto un veterinario colaborador o si se ha inyectado en campaña oficial. De igual manera, se indicará la fecha y firma del veterinario que pone la vacuna.
  • ¿Dónde puedes vacunar contra la rabia a su perro o gato?: Puedes ponerle la vacuna en la Campaña de Vacunación Antirrábica que realiza la Comunidad de Madrid anualmente o en tu clínica veterinaria habitual.
  • Infracciones y sanciones: será una infracción grave la no vacunación antirrábica de los perros.

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La identificación animal mediante la implantación de microchip

  • ¿En qué consiste la identificación individual de un animal? Consiste en la implantación de un chip en el lado izquierdo del cuello, que incluirá un código alfanumérico de 15 cifras único para cada animal.
  • ¿Qué animales deben identificarse? Es obligatorio para perros y gatos.
  • ¿A qué edad?: A los tres meses de edad o de un mes desde su adquisición u adopción.
  • ¿Qué beneficio tiene ponerle el chip?: Permite la localización de los perros o gatos que se han perdido, puesto que el microchip contiene los datos del propietario y le podrías localizar más fácilmente.
  • ¿Cómo se modifican los datos del registro de un animal?: Lo puedes hacer mediante tu veterinario habitual, o llamando al 915 645 459.
  • ¿Qué documentación certifica que un animal tiene chip?: Mediante la tarjeta de identificación de color gris que entrega la Comunidad de Madrid como la copia para el propietario del documento de registro e identificación de la mascota.
  • ¿Dónde puedes poner el chip a tu animal?: Tanto en la Campaña de Vacunación Antirrábica, donde también implantan chips,  como en tu clínica veterinaria habitual.
  • ¿Es molesto el microchip o le puede afectar al animal de alguna manera?: No, apenas notan nada y es inocuo.

Seguro para Perros en Madrid

¿Qué otras Cosas Debes Saber sobre la Normativa en Madrid?

Además de estar obligados a tener un seguro, chip y vacuna de la rabia, hay más cosas que debes saber:

  • Tener más de 5 perros o gatos requiere la autorización del Ayuntamiento.
  • El pasaporte europeo de animales de compañía es un documento obligatorio para los desplazamientos por la Unión Europea para: perros, gatos y hurones. Será emitido por la autoridad competente conforme al modelo oficial establecido en la Decisión 2003/803/CE.
  • Puedes tener a tu mascota en tu domicilio, siempre que las condiciones de la vivienda permitan tenerle de forma digna y saludable. Pero no podrás tener más de 5 animales en casa sin una autorización sanitaria.
  • Debes llevar contigo la documentación obligatoria de la mascota, incluido el seguro de responsabilidad civil puesto que estamos obligados a tener seguro para perros, por si te la requieren las autoridades en algún momento.
  • Por la calle, y por otros espacios públicos, los animales deberán ir acompañados por un humano y sujetos mediante una cadena o correa, y en caso necesario, también con bozal cuando las características de temperamento y características así lo aconsejen.
  • Tienes unas horas a las que puedes pasear con tu perro suelto, y zonas habilitadas para ello. En los parques y jardines, si están abiertos, podrán estar sueltos entre las 19:00 y 10:00 horas en invierno, y entre las 20:00 y las 10:00 horas en verano. Excepto: zonas infantiles, de mayores y otra áreas en la que figure expresamente la prohibición de su acceso. El resto de horas los perros deberán llevar correa.
  • No está permitido bañar a los perros en las fuentes ornamentales.
  • Está prohibido dejar a los animales en terrazas y patios, debiendo pasar en cualquier caso dentro de casa.
  • Podrás subir o bajar en ascensor cuando no haya otras personas, y si las hubiere, deberán esperar.
  • Los propietarios de perros no pueden dejar sus excrementos en la calle, zonas ajardinadas, etc. Deben recogerse siempre.
  • Si tienes un perro calificado como “potencialmente peligroso”, deberás tener Licencia Administrativa para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y el perro tendrá que estar inscrito en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Los perros “potencialmente peligrosos”, cuando salgan a espacios públicos o privados de uso común, lo harán junto a una persona mayor de edad, con una correa de menos de dos metros y un bozal adecuado.

Así que ahora ya sabes todos los trámites que debemos realizar cuando tenemos un perro en Madrid. No olvides que estamos obligados a tener Seguro para Perros, así que hazte uno y así evitarás tener problemas en un futuro.

Seguros Terranea

Perfil del autor

Responsable de Comunicación, Marketing y Publicidad de Terránea | Eventos | Social Media | Experto Universitario en Seguros | Mediador A

María Gómez Miranda

Responsable de Comunicación, Marketing y Publicidad de Terránea | Eventos | Social Media | Experto Universitario en Seguros | Mediador A

5 comentarios

  1. Hola. Mi seguro de hogar incluye “la tenencia de animales domésticos”. Yo tengo un pastor alemán y tengo la duda de si es suficiente con arregle a las exigencias de la Comunidad de Madrid. Muchas gracias

    • Buenos días María,
      Dependerá de las coberturas de la póliza que tengas contratada. Te recomendamos que lo consultes con tu compañía aseguradora que es la que mejor puede resolverte esta cuestión.
      Un saludo

  2. Me gustaria saber si adoptas un perro a una asociacion, y el perro tiene 5-6 meses, debe ser entregado al adoptante con chip y vacuna antirrabica. Comunidad de Madrid.

  3. Me gustaria que explicarais claramente que ocurre si tienes un perro que no es peligroso en madrid y viajas a una comunidad que si lo es, a lo que estas obligado y a lo que no. En este caso un doberman

    • En caso de que vayas a viajar a otra comunidad, tendrías que preguntar a las autoridades de la zona o a su Ayuntamiento si tienes que cumplir con algún trámite. Sólo ellos te lo pueden confirmar. ¡Saludos!

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