¿Qué debo conocer sobre mi contrato asegurador?

Todos hemos tenido la ocasión de contratar un seguro de algún tipo para cubrir los posibles riesgos que podamos sufrir en un momento determinado. El contrato que firman cliente y aseguradora es un pilar fundamental que no debes pasar por alto. ¡Te contamos todo lo que debes conocer sobre él!

Siempre que decidimos aprobar un seguro sobre una determinada rama, desde el principio, debemos tener claro que lo que estamos haciendo es crear un contrato entre la compañía y nosotros. De esta forma, llegamos a un acuerdo con la empresa para que nos preste unos determinados servicios. El contrato al que nos referimos tiene una serie de características que te mostramos a continuación.

Hombre firmando un contrato con una aseguradora

¿Qué implica el contrato con tu seguro?

Firmar el contrato con tu aseguradora pone de manifiesto una serie de puntos y valores que tú y la compañía asumís de forma bilateral.

  • Compromiso

Las dos partes manifestáis vuestro compromiso por llevar a cabo aquello que se expresa por escrito en el contrato. Ambas partes afirmáis vuestro consentimiento en el momento de la firma de la póliza. Tú y la aseguradora comenzáis un matrimonio que esperas que sea lo más próspero posible.

  • Obligación infranqueable

Esta característica os implica a las dos partes, ya que ambas vais a estar obligadas a hacer algo. Tú, como asegurado, cubrirás el riesgo descrito en la póliza, mientras que la empresa hará frente al pago del precio del seguro, la denominada prima. Las obligaciones son infranqueables y refuerzan el compromiso en el contrato.

  • La ley por encima de todo

El contrato que firmas con la aseguradora no es algo que esté al margen de la legalidad. Nada más nacer el contrato, este se convertirá en un vínculo legítimo entre la aseguradora y tú. Esto quiere decir que existen mecanismos jurídicos que obligan a cumplir lo pactado o a reparar los posibles incumplimientos de cualquiera de las dos partes. Por este motivo, te recomendamos que antes de firmar nada, te leas cada detalle del contrato para garantizar el cumplimiento de todas las cláusulas.

Dos personas leyendo el contrato asegurador

Cualidades que tienen todos los contratos

El carácter jurídico del contrato del seguro se basa en una serie de cualidades que te explicamos en este apartado.

  • Aleatoriedad sin precedentes

Puede parecer un chiste, pero es la realidad. La principal obligación del contrato que firmas no se sabe si tendrá lugar o no. Se desconoce si el hecho que prevé la póliza va a ocurrir. Las situaciones que se reflejan en el contrato son una incógnita hasta que suceden: un incendio en el hogar, un robo, el fallecimiento del asegurado, etc., son factores que remarcan la aleatoriedad de este acuerdo.

A esto hay que sumarle otro aspecto importante. Muchas aseguradoras no especifican el alcance de la intensidad del siniestro. Por ejemplo, no es lo mismo que se queme solo la cocina que todo el inmueble. Pues bien, muchas compañías esto no lo especifican.

Además, a diferencia de otros contratos, aquí no sabemos cuándo se cumplirá la obligación. En materia de seguros, el cliente no puede hacer nada para provocar el suceso, este debe ser ajeno a la voluntad del contratante, algo que no ocurre en otros acuerdos.

  • Formalidad obligatoria

¿Cuándo y cómo se te garantiza todo lo que acuerdas con la compañía de seguros? Muy fácil. Según lo reflejado en la ley, es obligatorio firmar el documento escrito denominado póliza para formalizar el proceso y, de esta forma, asegurar todo lo que refleja el contrato. Debes tener en cuenta que solo será válido lo que se acuerde por escrito, en ningún caso tiene validez un seguro aprobado de forma verbal.

  • Buena fe de las partes

El contrato siempre reflejará y exigirá una buena fe por parte tuya y de la compañía de seguros. El asegurador desconoce por completo las características del riesgo y se pone en las manos de lo que declare el cliente, por lo que la buena fe del mismo debe existir para que las necesidades de ambas partes se satisfagan de forma plena.

  • Bilateralidad típica

Como en casi todos los contratos, aprobar un seguro implica a dos partes: la compañía aseguradora y al asegurado. Hay casos en los que el seguro se realiza con dos compañías a la vez. Esto se conoce como coaseguro. Algo más frecuente es que el tomador del seguro y el asegurado no sean la misma persona. A pesar de esto, por muchos individuos que pudiera haber en cada parte, solo tendríamos dos partes contratantes.

Hombre ofreciendo la mano

  • Contrato oneroso

Se trata de una cualidad que se relaciona muy bien con la bilateralidad. Al ser un contrato oneroso, se comunica que cada una de las partes implicadas tiene, por lo menos, una obligación. La aseguradora debe cubrir el riesgo especificado en la póliza y, por su parte, el cliente deberá pagar la prima. Esto no siempre es así en todos los contratos. Por ejemplo, en una donación, solo una de las partes tiene obligaciones.

  • Ofrecido en masa y con adhesión

El seguro es el típico contrato en masa, puesto que, como puedes deducir, está confeccionado para hacer múltiples acuerdos con clientes. Por ello, se ofrece a una colectividad y cuantas más pólizas se consigan mejor funcionará toda la técnica aseguradora.

También se considera de adhesión porque, al ofrecerse el seguro a una gran colectividad, la compañía no puede estar negociando cada uno de los contratos que firma. Por este motivo, cada una de las compañías fija unas condiciones generales que se adhieren a lo reflejado en el contrato. Este sistema no posibilita cambiar cada una de las condiciones al gusto de la aseguradora. Para que no haya un abuso por parte de las empresas aseguradoras, el Ordenamiento Jurídico controla cómo deben ser esas condiciones de las que hemos hablado.

  • Duradero y único

Hay una enorme cantidad de contratos en nuestro día a día que duran muy poco tiempo: comprar un periódico, viajar en transporte público, etc. Sin embargo, los contratos de seguros tienen la intención de perdurar durante muchos años. Este mantenimiento en el tiempo puede deberse a porque son de larga duración (jubilación y vida), o porque se pactan por un año y se van prolongando anualmente (multirriesgos y coche).

Este contrato con la aseguradora también es único, puesto que siempre será el mismo y no debe hacerse uno nuevo cada vez que se renueva.

Una vez que ya conoces las características y los aspectos más destacados del contrato que firmas con una aseguradora, ponte manos a la obra y compara los seguros que te ofrecemos en Terránea. Con nosotros tienes la garantía de contar con asesores personales que te explicarán cada detalle del contrato que firmes. En caso de tener un conflicto con la empresa de seguros, nuestro asesor te defenderá y te ayudará en todo lo que pueda. ¿Habías oído hablar de estos servicios en otra compañía? ¡Seguro que no porque es una prestación única de Terránea!

Perfil del autor

Terránea es una correduría de seguros especialista en comparar precios del mercado asegurador para ofrecer a sus clientes todo un abanico de servicios.

Dedicada a esta actividad desde 1998, pretendemos ofrecer claridad a nuestros clientes para que puedan ahorrar dinero y escoger la tarifa que se ajusta a sus necesidades.

Encuentra un seguro barato entre más de 30 aseguradoras
con nuestro buscador de seguros.

Tendrás un asesor personal. Ponemos a tu disposición un equipo de 60 profesionales, tramitadores y abogados para gestionar tus siniestros, con las máximas garantías de indemnización, y representarte en caso de conflicto con la compañía aseguradora.

TERRÁNEA

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