4.001 euros de sanción para los socios de las “falsas cooperativas”

Desde 2013 la LOTT prohíbe que los socios de cooperativas de transporte puedan facturar a su nombre. El próximo año los servicios de inspección del ministerio de Fomento van a poner el punto de mira sobre las “falsas cooperativas”, con sanciones de 4.001 euros por servicio irregular para los transportistas y las cooperativas, además de la pérdida de la honorabilidad y de la autorización.

4.001 euros de sanción para los socios de las “falsas cooperativas”

El próximo año las llamadas cooperativas de trabajo asociado y sus socios serán, entre otros, uno los objetivos prioritarios de los inspectores de transportes. La razón de esta campaña  es detectar y terminar con la actuación de las llamadas “falsas cooperativas”, una figura que surgió aprovechando las lagunas que en algún momento tuvo la normativa sectorial.

La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) prohíbe desde 2013 que los socios de las cooperativas puedan emitir facturas a su nombre y tributar a través del sistema de módulos (Estimación Objetiva), dado que en este caso la poseedora de las autorizaciones a todos los efectos y la entidad que figura como prestadora de servicios de transportes es la cooperativa.

Lo legal en estos casos es que sea la propia cooperativa la que facture a su nombre a los clientes por los servicios de transporte que se hayan realizado y que posteriormente los socios cooperativistas facturen a su vez a la cooperativa, siendo obligatorio que estos últimos liquiden sus obligaciones fiscales a través de la fórmula de Estimación Directa.

En este sentido el ministerio de Fomento ha previsto sanciones de 4.001 euros por cada servicio prestado de forma “ilegal”, multas que irán dirigidas tanto a las cooperativas como a los transportistas que hayan actuado de forma irregular.

Por otro lado, al tratarse de una infracción que tiene la calificación de “muy grave”, de forma complementaria a la sanción económica se producirá una pérdida del requisito de honorabilidad y por lo tanto una revocación de las propias autorizaciones de transporte.

Para las organizaciones que llevan tiempo defendiendo el final o al menos la limitación de la fórmula fiscal de Estimación Objetiva, el mantenimiento del sistema de módulos, que previsiblemente continuará sin cambios en 2020, es una de las causas que han podido propiciar el florecimiento de estas “falsas cooperativas” en algunas Comunidades Autónomas. Para estas asociaciones profesionales este tipo de comportamientos supone, en primer lugar, una competencia desleal para el resto de los transportistas y, en segundo lugar, extienden una atmósfera de descrédito y de mala imagen sobre todas aquellas cooperativas de transporte que actúan legalmente.

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