Europa asegura el transporte de mercancías durante la “desescalada”

La Comisión Europea asegura el transporte de mercancías durante la “desescalada”

Europa asegura el transporte de mercancías durante la “desescalada”

Desescalada: La CE prepara un paquete legislativo que será tramitado por el  procedimiento de urgencia, por el cual se ampliará durante seis meses la validez de todos los documentos administrativos exigibles a los conductores. Esta normativa, que también afectará a las ITV, será de aplicación inmediata en todos los países.

La Comisión Europea asegura el transporte de mercancías durante la “desescalada”

Después de transcurridos más de dos meses de la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia de coronavirus, y de que la Comisión Europea (CE) haya estado prácticamente ausente en todo lo relacionado con el transporte de mercancías por carretera, la CE ha decidido adoptar un Paquete de Medidas con las que se pretende garantizar la viabilidad de esta actividad y el mantenimiento de los suministros durante el proceso de “desescalada” y, por otro lado, ejercer una labor de armonización en todo lo que tiene que ver con la normativa aplicable al sector.

Este paquete legislativo está previsto que se tramite por la vía de urgencia siguiendo la fórmula de Reglamento Comunitario, por lo que las medidas comprendidas en el mismo serán aplicables en cada estado de forma inmediata y sin necesidad de trasposición a cada una de las legislaciones nacionales.

En este sentido, entre las medidas propuestas por la Comisión Europea estarán las siguientes:

-Tarjeta CAP. Los certificados de cualificación de conductores y las tarjetas CAP cuya validez haya finalizado o finalice entre el 1 de marzo y el 31 de agosto, quedarán prorrogadas por un periodo máximo de seis meses.

-Permisos de conducir. Todos los carnés caducados entre el 1 de marzo y el 31 de agosto verán prorrogada su validez durante seis meses.

-Inspección y tarjetas de tacógrafos. La Comisión Europea permitirá la circulación, por un periodo limitado a concretar, de todos aquellos camiones que por el cierre de talleres no hayan podido efectuar la preceptiva inspección de sus tacógrafos. Por otra parte, los conductores profesionales con las tarjetas de tacógrafo caducadas, deterioradas, extraviadas o robadas, podrán seguir conduciendo. En estos casos deberá seguirse el procedimiento que establecerá la normativa, consistente en imprimir un ticket del tacógrafo al iniciar la jornada y otro al finalizar, rellenando ambos con los datos de cada conductor y su firma.

-Inspección Técnica de Vehículos. Se establece que aquellas ITV a realizarse entre el 1 de marzo y el 31 de agosto podrán efectuarse en un momento posterior, sin superar los seis meses desde su vencimiento.

-Certificado de conductores no comunitarios. Durante un periodo de tiempo limitado se establecerán criterios para que los estados garanticen la validez de estos certificados, aun cuando su vigencia haya expirado durante la crisis sanitaria.

-Capacidad económica de las empresas de transporte. Frente a los seis meses que fija la normativa comunitaria en vigor, aquellas empresas de transporte que entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre no hayan podido cumplir con el requisito de capacidad económica o financiera como consecuencia de la falta de actividad y de ingresos, verán ampliado a doce meses este periodo.

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