El plazo finalizará el próximo 8 de Abril de 2018, menos para los clientes de Scania donde la Comisión Europea todavía no ha dictado sentencia.
Como ya informamos en Terránea, para la Comisión Europea (CE) está probado que el cártel de fabricantes de camiones operó entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011, aunque para MAN terminó el 20 de septiembre de 2010, cuando la marca alemana admitió su participación. En el caso de Scania la CE tramita una Resolución específica dado que la marca sueca no ha admitido su participación.
Los transportistas afectados tienen hasta el 7 de abril de 2018 para reclamar los sobrecostes que el cártel provocó en los camiones nuevos de más de seis toneladas. En cuanto a los camiones usados la CE considera que no hubo impacto negativo sobre los precios.
Se calcula que en España las reclamaciones podrían alcanzar los 2.500 millones de euros, aunque por el momento la Plataforma de Afectados promovida por Fenadismer es la única que tiene previsto promover una primera reclamación colectiva por un importe aproximado de 30 millones de euros. Para algunos expertos las reclamaciones deberían sumar también el sobreconsumo de gasoil derivado del retraso intencionado en la introducción de las tecnologías de emisiones.
Una de las incógnitas es saber si los transportistas podrán reclamar intereses de demora desde el momento de la compra. La razón es que España no traspuso a tiempo la Directiva Europea de Daños Derivados de Prácticas Anticompetitivas y el vigente Código Civil no reconoce dicha retroactividad. Donde no existe posibilidad de reclamación es en el IVA, ya que el cártel de precios es en origen y no en la compraventa. Por otro lado, las indemnizaciones tributarán en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades.
Con respecto al impacto que el cártel tuvo en las operaciones de renting y leasing, en el primer caso parece intrascendente y en el segundo los arrendatarios si que pagaron sobrecostes en las cuotas de amortización de sus camiones.
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