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homologación de patinetes eléctricos

Homologación de los vehículos de movilidad personal y su seguro obligatorio

La movilidad eléctrica urbana está en pleno auge y, con ella, también las nuevas normas que garantizan una circulación más segura y responsable. Desde la DGT, la homologación de los patinetes eléctricos, segways y hoverboards, así como su seguro obligatorio, se han convertido en requisitos esenciales para todos los usuarios de vehículos de movilidad personal.

En esta guía completa te explicamos cómo asegurarte de que tu vehículo cumple con la normativa, qué pasos seguir para homologarlo y cómo elegir el seguro para VMP que te permita circular tranquilo, protegido y sin riesgo de sanciones.

En los últimos años, los vehículos de movilidad personal (VMP) se han convertido en una alternativa de transporte cómoda, económica y sostenible. Patinetes eléctricos, segways y hoverboards llenan las calles de nuestras ciudades, ofreciendo una forma ágil de moverse sin depender del coche o el transporte público.

Pero con su crecimiento también ha llegado la necesidad de regular su uso. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido nuevas normas que afectan a todos los usuarios de estos vehículos: la homologación obligatoria y la contratación de un seguro de responsabilidad civil.

La homologación de un VMP es un proceso mediante el cual la DGT certifica que el vehículo cumple con los estándares técnicos y de seguridad exigidos por la normativa vigente. Este certificado se conoce como certificado de circulación y garantiza que el patinete, segway o hoverboard es seguro para el uso urbano.

Desde el 22 de enero de 2024, todos los VMP nuevos que se vendan en España deben estar homologados. Aquellos comprados antes de esa fecha podrán seguir utilizándose hasta el 22 de enero de 2027, cuando la homologación será obligatoria para todos.

La propia Dirección General de Tráfico proporciona un listado de vehículos de movilidad personal donde consultar las marcas y modelos que ya están homologados.

La finalidad de esta medida es doble: mejorar la seguridad vial y unificar los requisitos técnicos de todos los modelos del mercado, evitando modificaciones que puedan poner en riesgo al usuario o a terceros.

homologación de patinete eléctrico

Según la DGT, se consideran vehículos de movilidad personal (VMP) todos aquellos de una o más ruedas, con una sola plaza, propulsados por motor eléctrico, y cuya velocidad máxima se sitúe entre 6 y 25 km/h.

Entre ellos se incluyen:

  • Patinetes eléctricos.
  • Segways.
  • Hoverboards.
  • Scooters eléctricos de uso individual.

Estos vehículos no pueden circular por aceras ni zonas peatonales, y deben respetar las normas de tráfico igual que cualquier otro vehículo.

Comprobar si tu vehículo está homologado es muy sencillo. Todos los VMP certificados deben incluir una placa de marcaje metálica, fijada al chasis, donde se indican los datos básicos del vehículo:

  • Número de serie o bastidor.
  • Velocidad máxima.
  • Año de fabricación.
  • Código de homologación.
  • Nombre del fabricante.
  • Código QR con información técnica.

Además, la DGT mantiene un listado público de modelos homologados donde puedes verificar si tu vehículo cumple con la normativa actual.

Existen dos procedimientos diferentes.

La certificación ordinaria de un modelo se realiza a través del fabricante o de su representante autorizado y de un laboratorio autorizado por la DGT.

Además, el Real Decreto 52/2026 permite expresamente la certificación extraordinaria de un único VMP a solicitud de su propietario.

Para ello, el propietario debe acudir a un laboratorio autorizado aportando el vehículo y la documentación técnica de la que disponga, preferentemente la ficha de características técnicas y el manual de usuario.

El laboratorio realiza las comprobaciones y ensayos no destructivos previstos por la normativa y, si el resultado es favorable, emite el correspondiente certificado individual.

Para conseguir la homologación, el vehículo debe cumplir una serie de condiciones técnicas y de seguridad establecidas por la DGT. Entre ellas destacan:

  • Velocidad máxima igual o inferior a 25 km/h.
  • Potencia nominal que no supere los 1.000 W.
  • Dos sistemas de frenado independientes.
  • Luces fijas delanteras y traseras, y catadióptricos laterales.
  • Sin asiento, salvo en modelos autoequilibrados (como algunos Segways).
  • Pata de apoyo o caballete.
  • Visor que indique velocidad y nivel de batería.
  • Número de bastidor grabado o remachado en el chasis.
  • Protección del sistema de propulsión, para evitar manipulaciones que aumenten la velocidad o la potencia.

Cumplir estas características asegura que el VMP es seguro, eficiente y compatible con las normas de tráfico actuales.

homologación de patinete eléctrico

La normativa no establece una tarifa oficial única para la certificación extraordinaria de un VMP.

El precio dependerá del laboratorio autorizado, de las características del vehículo y de las pruebas que sea necesario realizar. Por ello, si quieres certificar individualmente un VMP, lo recomendable es solicitar presupuesto directamente a alguno de los laboratorios autorizados por la DGT.

Si compras actualmente un VMP nuevo, la opción más sencilla es comprobar previamente que el modelo ya figura en el listado oficial de vehículos certificados de la DGT.

¿Qué ocurre si circulas sin certificación?

Los VMP no certificados comercializados antes del 22 de enero de 2024 pueden continuar circulando durante el régimen transitorio hasta el 22 de enero de 2027, siempre que estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos, correctamente identificados, asegurados y cumplan el resto de requisitos aplicables.

A partir del 22 de enero de 2027 únicamente podrán circular como VMP aquellos vehículos que dispongan del correspondiente certificado de circulación.

Los propietarios de vehículos antiguos sin certificado pueden recurrir, si el vehículo cumple los requisitos técnicos exigidos, al procedimiento extraordinario de certificación individual previsto en el Real Decreto 52/2026.

El seguro obligatorio para los patinetes eléctricos, Segways y hoverboards

El seguro de responsabilidad civil es actualmente obligatorio para los VMP que circulan legalmente.

Los Vehículos Personales Ligeros deben estar inscritos e identificados y disponer de un seguro cuya cobertura mínima alcanza 6.450.000 euros por siniestro para daños personales y 1.300.000 euros por siniestro para daños materiales.

Los VMP de más de 25 kg que superan los 14 km/h tienen la consideración de vehículos a motor a efectos de la Ley del Seguro y están sometidos a los límites correspondientes: 70 millones de euros por siniestro para daños personales y 15 millones de euros para daños materiales.

Otras garantías, como defensa jurídica, accidentes del conductor, asistencia, reclamación de daños o robo, dependerán de las coberturas adicionales incluidas en cada póliza y no deben confundirse con los capitales mínimos del seguro obligatorio.

¿Cuánto cuesta asegurar un VMP?

El precio depende de las características del vehículo, de la modalidad contratada y de las coberturas incluidas.

Actualmente, en Terránea es posible contratar el seguro obligatorio para patinetes eléctricos VPL desde 39 euros al año, con la cobertura de responsabilidad civil exigida por la normativa. También pueden contratarse modalidades con coberturas adicionales.

Requisitos para contratar un seguro de vehículo de movilidad personal

Para contratar el seguro obligatorio es necesario que el VMP haya sido previamente inscrito en la DGT y disponga de su correspondiente número identificativo.

El tomador de la póliza debe tener al menos 18 años. El conductor, por su parte, debe tener como mínimo 15 años desde el 1 de octubre de 2026, sin perjuicio de que alguna ordenanza municipal pueda establecer una edad superior.

También deben facilitarse los datos del vehículo y cumplir las restantes condiciones de contratación establecidas por la aseguradora.

¿Qué pasa si tienes un accidente con un VMP no certificado?

Hasta el 22 de enero de 2027, los VMP no certificados comercializados antes del 22 de enero de 2024 pueden continuar circulando si han sido correctamente inscritos, identificados y asegurados.

A partir de esa fecha no podrán seguir circulando legalmente como VMP mientras no obtengan la certificación correspondiente.

No debe afirmarse de forma general que una póliza “dejará automáticamente de cubrir cualquier siniestro” por carecer de certificado. Las consecuencias aseguradoras de una irregularidad administrativa dependerán de la normativa aplicable, del tipo de daño y de las condiciones del contrato, sin perjuicio de la protección legal que corresponda a los terceros perjudicados.

A la hora de contratar un seguro, conviene tener en cuenta tres factores:

  1. Tipo de uso: si lo utilizas a diario o solo ocasionalmente.
  2. Coberturas necesarias: responsabilidad civil mínima o póliza ampliada con asistencia y accidentes personales.
  3. Reputación de la aseguradora: elige compañías especializadas en seguros para VMP, como Terránea, que ofrece comparadores online y asesoramiento personalizado.

Un buen seguro te permite circular con tranquilidad, cumpliendo con la normativa y protegiéndote ante cualquier imprevisto.

La homologación de los patinetes, segways y hoverboards y su seguro obligatorio no son simples trámites administrativos: son una garantía de seguridad, cumplimiento legal y protección personal.

Tanto si usas un patinete eléctrico, un segway o un hoverboard, asegurarte de que tu vehículo está homologado y correctamente asegurado te evitará sanciones y te permitirá disfrutar de una movilidad sostenible con total tranquilidad.

En Terránea puedes comparar distintas pólizas, encontrar la más adecuada a tu vehículo y contratar tu seguro para VMP homologado desde sólo 39 € al año. El tomador debe ser mayor de edad y el conductor debe cumplir la edad mínima legal para circular.

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4 comentarios

  • Buenas noches,
    Si el modelo del patinete no está homologado, se puede hacer algo para «homologarlo»? O simeplemente a partir de enero de 2027 nos quedamos sin poder usar el patinete. En mi caso, es de ese tipo y he hecho el tramite establecido por la DGT pero al no ser un modelo «homologable» (nº certificado :Z00000) en 2 compañías me han dicho que no me ofrecen el seguro y que hay un vacío legal. Es eso cierto?
    Muchas gracias de antemano.

    • Hola Eusebio. En la práctica, no puedes homologar tu patinete eléctrico. El certificado de circulación que exige la DGT es un trámite que realiza el fabricante o el importador del modelo antes de venderlo, sometiendo el patinete a pruebas en laboratorios autorizados. Técnicamente, existe la figura de la «homologación unitaria» (llevar tu patinete a un laboratorio para que certifiquen que cumple el Manual de Características Técnicas de la DGT), pero el coste de estas pruebas es altísimo (puede superar con creces el precio de varios patinetes nuevos) y el proceso es tremendamente burocrático. Por tanto, para un usuario particular es una vía completamente inviable.

      La normativa de la DGT es muy clara en este aspecto para garantizar la seguridad vial:

      Hasta el 22 de enero de 2027: Los patinetes comercializados antes del 21 de enero de 2024 que no tengan certificado (como el tuyo) pueden seguir circulando en un régimen de moratoria.

      A partir del 22 de enero de 2027: Todo VMP que circule por la vía pública deberá contar obligatoriamente con su certificado de circulación oficial. Si el tuyo no lo tiene, solo podrás usarlo en recintos privados, fincas o circuitos cerrados. Circular por la calle con él será motivo de sanción.

      En Terránea puedes asegurar tu patinete eléctrico sin problemas, ya sea online o por teléfono: https://www.terranea.es/seguro-patinete-electrico.aspx

  • David Garcia

    Hola tengo un patinete sin homologar, se le puede hacer el seguro obligatorio? . También querría saber que edad mínima debe tener el conductor, mi hijo tiene 14 años.

    • Hola David. Te respondo por puntos:

      Desde el 1 de octubre de 2026 la edad mínima estatal para conducir un Vehículo de Movilidad Personal es de 15 años. Por tanto, con 14 años tu hijo no puede circular legalmente con un VMP por la vía pública. Los ayuntamientos pueden establecer una edad superior, pero no rebajar ese mínimo estatal.

      Si el patinete fue comercializado antes del 22 de enero de 2024 y carece de certificado VMP, todavía puede inscribirse de forma transitoria en la DGT. Una vez registrado, identificado y asegurado podrá circular hasta el 22 de enero de 2027. Después de esa fecha necesitará disponer del certificado correspondiente para continuar circulando como VMP.

      Actualmente el seguro obligatorio para patinetes eléctricos VPL puede contratarse en Terránea desde 39 euros al año. El tomador debe ser mayor de edad y el conductor debe cumplir la edad mínima legal para circular.

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