En agosto entró en vigor el Real Decreto que incorpora al transporte de mercancías por carretera los principios de la llamada Ley de Cadena de Transporte, que entre otras cosas obliga a realizar una Carta de Porte por cada envío superior a 150 euros. Entre otras cosas este documento debe especificar el precio del transporte. A partir de ahora la Guardia Civil de Tráfico no podrá exigir la Carta de Porte ni sancionar por no tenerla o llevarla mal cumplimentada.

La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ha recibido una instrucción enviada desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), por la cual se comunica a las Comandancias y a los agentes encargados del control e inspección de los vehículos de transporte de mercancías, que se abstengan de multar por el hecho de que los conductores no presenten la Carta de Porte o por el hecho de no llevarla correctamente cumplimentada.
El motivo de esta decisión es que este tipo de infracciones a la normativa de transportes tan sólo pueden ser sancionadas por los Servicios de Inspección, ya sean de ámbito estatal o autonómico, lo que administrativamente es motivo de recurso por parte de las empresas y autónomos sancionados.
En este sentido hay que recordar a los transportistas que en la actualidad la norma en vigor obliga a formalizar por escrito -salvo excepciones- una Carta de Porte por cada envío superior a 150 euros que sea realizado a bordo de vehículos con una MMA superior a dos toneladas. En este caso las excepciones previstas afectan, entre otros, a los servicios de paquetería y de mudanzas.
Esta medida forma parte del Real Decreto Ley 14/2022 sobre Medidas de Apoyo al Transporte que recoge la denominada Ley de la Cadena de Transporte. Entre otros datos en la citada Carta de Porte debe figurar obligatoriamente el precio del transporte con el objetivo de que los transportistas no trabajen por debajo de costes, una cuestión que favorecida por la alta inflación y la subida del combustible fue uno de los motivos que contribuyeron a la convocatoria de la última huelga de transportes.
De esta forma los únicos documentos que pueden exigir a los transportistas los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en el transcurso de las inspecciones que realicen en carretera, son el documento de control cuando se trate de transportes de carácter nacional y el CMR para los transportes de ámbito internacional, no pudiendo sancionar por tanto por aquellas Cartas de Porte que se encuentren ausentes de los vehículos o en las que no se especifique el precio del transporte.


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