¿Puedo guardar el patinete eléctrico en el garaje comunitario?

¿Puedo guardar el patinete eléctrico en el garaje comunitario?

La Ley de Propiedad Horizontal no prohibe taxativamente que los patinetes eléctricos puedan guardarse en las plazas de los garajes comunitarios, dado que ampara la libertad de uso, pero por cuestiones de seguridad o de utilización indebida de las instalaciones, las comunidades de propietarios pueden exigir que los patinetes no permanezcan en dichos garajes.

En las grandes ciudades los patinetes eléctricos se han convertido en una alternativa de movilidad cada vez más extendida, una circunstancia que provoca la creciente aparición de un gran número de situaciones no previstas a nivel normativo y que generan tensiones y problemas en la convivencia diaria de los ciudadanos.

La irregularidad más frecuente tiene que ver con el hecho de que los usuarios de patinetes eléctricos transiten por las aceras o por el interior de áreas sin tráfico reservadas a los peatones, un comportamiento que suelen estar sancionado por las ordenanzas municipales de muchos ayuntamientos.

Pero también existen otras circunstancias que pueden provocar la alteración de la convivencia vecinal, como es el hecho de que los propietarios de patinetes eléctricos decidan guardar los mismos en los garajes comunitarios.

Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal

El gran problema de los patinetes eléctricos son sus baterías y el hecho de que los incidentes producidos con las mismas hayan provocado que autobuses, metros, trenes y otros medios de transporte urbano e interurbano, prohiban la presencia a bordo de estos vehículos de movilidad personal.

En el caso de los garajes comunitarios las pugnas vecinales también suelen venir provocadas por los riesgos relacionados con las baterías y en este sentido conviene acudir a la Ley de Propiedad Horizontal para informarnos de qué establece esta normativa al respecto.

En su artículo 7º la Ley de Propiedad Horizontal dicta que los elementos privativos de una comunidad de propietarios, como es el caso de una plaza de garaje, pueden ser utilizados por sus propietarios libremente, siempre que en el ejercicio de dicho uso no se perjudique a otros vecinos, no se afecten elementos comunes, no se infrinja la normativa vigente ni los estatutos de la comunidad de propietarios y no suponga una alteración que afecte a la seguridad del edificio.

Qué puede suceder si aparcas el patinete

De forma expresa la Ley de Propiedad Horizontal no prohíbe que los patinetes eléctricos puedan guardarse en las plazas de garaje destinadas a los automóviles, pero de una lectura rigurosa de la misma se desprenden argumentos que permiten establecer limitaciones desde el punto de vista de la seguridad.

Basándose en esta misma razón, o en el hecho de que se pueda producir una desnaturalización de la finalidad principal de una plaza de garaje, que no puede ser entendida como un espacio destinado al almacenaje, las comunidades de propietarios, ya sea a nivel personal o a instancias de algún vecino, tienen potestad normativa para exigir la retirada de los patinetes eléctricos de las plazas de garaje.

En este escenario vecinal y con el objetivo de una buena convivencia lo aconsejable es que los usuarios de patinetes eléctricos soliciten previamente a la comunidad de propietarios la posibilidad de dejar los mismos en las plazas de garaje, esperando a obtener el visto bueno de la comunidad antes de proceder a una utilización que pueda traer problemas de convivencia.

Por último, hay que tener muy en cuenta que en ningún caso se puede realizar la instalación en las plazas de garaje de puntos de recarga, porque eso significaría una modificación no autorizada de los elementos comunes, y tampoco utilizar enchufes comunitarios con fines particulares para la recarga de los patinetes.

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