El plazo para presentar solicitudes finalizará el próximo sábado 11 de julio y las ayudas por abandono de actividad contemplan 30.000 euros por cada autorización de transporte de servicio público y 5.300 euros por cada semestre completo que reste para cumplir los 65 años. A estas ayudas tan sólo pueden acceder los transportistas autónomos que hayan cumplido 64 años.

Una Orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) ha iniciado el plazo para solicitar las ayudas a transportistas autónomos que decidan abandonar la actividad (jubilación anticipada) antes de cumplir los 65 años. Según queda recogido en el texto de la Orden Ministerial el periodo para la presentación de solicitudes finalizará el próximo sábado 11 de julio.
A estas ayudas oficiales se podrán acoger los transportistas que ya tengan cumplidos los 64 años, edad que no se exigirá a quienes estén recibiendo pensión por incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, y que sean titulares de autorizaciones de transporte de servicio público, una de las cuales deberá encontrarse en vigor en el momento de presentar la solicitud. En el caso de resultar beneficiarios de las ayudas por abandono de actividad será requisito obligatorio renunciar a las citadas autorizaciones.
Además, los solicitantes deberán estar dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social durante al menos los últimos diez años y de forma ininterrumpida, permitiéndose una única interrupción de las cotizaciones por un periodo máximo de tres meses. En la Orden Ministerial que regula estas ayudas se indica que las solicitudes se ordenarán en función del número total de días de cotizados en alta como autónomo.
Los interesados en solicitar estas ayudas por abandono de actividad anticipada deberán hacerlo de forma electrónica a través de la siguiente dirección de internet: Enlace
De nuevo la cuantía de las ayudas por jubilación anticipada será de 30.000 euros por cada autorización de transporte público y de 5.300 euros más por cada seis meses completos que resten hasta cumplir los 65 años, haciéndose el cómputo de semestres completos a partir del 1 de junio del ejercicio en el que se otorgan las ayudas. Las cantidades a recibir por semestre no estarán en vigor para los transportistas con declaración de incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez.
Para poder recibir las ayudas los beneficiarios deberán renunciar a todas las autorizaciones de servicio público de las que sean titulares, comprometerse a abandonar con carácter definitivo la actividad de transportista y dejar de ser titulares de carnés de conducir vehículos industriales con MMA superior a 3.500 kg.

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