El Gobierno ha aprovechado el Proyecto de Ley de Seguros de Automóviles para incluir los seguros obligatorios para los patinetes eléctricos y otros vehículos utilizados para la movilidad personal. Esta normativa ha entrado para su discusión en el Congreso y el Senado y se prevé que entre en vigor a lo largo de 2025. Por otro lado, la futura ley también prevé un registro de usuarios de VMP.
En uno de sus últimos Consejos de Ministros el Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Seguros de Automóviles, una iniciativa legislativa que entre otras novedadesconvertirá en obligatorios los seguros para patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Este Proyecto de Ley, que acaba de iniciar su tramitación en el Congreso y el Senado, responde a una necesaria transposición de la Directiva Europea 2021/2118 que hace referencia al Seguro de Responsabilidad Civil. Lo que pretende la Comisión Europea con esta medida es que en el ámbito de la UE se vean ampliadas las coberturas e indemnizaciones para las víctimas de accidentes.
Al mismo tiempo, el Gobierno español ha aprovechado este proyecto legislativo para incluir en la futura normativa los seguros obligatorios para los patinetes eléctricos, una medida que podría afectar a unos cinco millones de patinetes según cifras de la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Los patinetes pasan a ser “Vehículo Personal Ligero” (VPL)
Por otro lado, el nuevo Proyecto de Ley presentado por el Gobierno establece que los patinetes eléctricos pasen a tener la calificación de “Vehículo Personal Ligero” (VPL). Bajo este novedoso concepto van a quedar englobados todos aquellos vehículos a motor que con un peso inferior a 25 kg alcancen una velocidad máxima situada entre 6 y 25 km/h, o aquellos otros VPL que con pesos superiores a los 25 kg desarrollen velocidades entre 6 y 14 km/h.
Esto significa que en el futuro y desde un punto de vista administrativo los patinetes eléctricos tendrán la misma consideración que cualquier otro vehículo a motor, al menos en lo que a la contratación de seguros de accidentes se refiere, una necesidad que hasta ahora y salvo excepciones tiene carácter voluntario.
Nuevo Registro de VPL
Se prevé que esta Ley pueda entrar en vigor en el plazo máximo de seis meses desde su aprobación en el Parlamento y su posterior publicación en el BOE, y una vez que la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración haya emitido la preceptiva propuesta de desarrollo reglamentario que regulará la aplicación del seguro obligatorio para los Vehículos Ligeros de Uso Personal.
Además, desde el Gobierno se quiere promover la puesta en marcha de un registro de patinetes eléctricos y de otros vehículos VPL. Se prevé que este registro pueda estar operativo en enero de 2026 y al mismo podrían tener acceso los agentes de la autoridad en caso de que se produzca un siniestro.
Como sucede en el caso de automóviles y motocicletas el objetivo de este Registro -no se habla de matrícula- es tener identificados a los propietarios de patinetes eléctricos y de otros VPL, con el fin de que puedan suscribir las pólizas de seguro correspondientes.
Por otra parte, dichas pólizas siempre irán adscritas a los usuarios y no a vehículos concretos.
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