La actual Ley de Seguridad Vial permite que empresas de transporte y autónomos puedan consultar el saldo de puntos de los carnés de sus conductores profesionales. Antes de que finalice el año la DGT tendrá operativa una app que facilitará las consultas online sin necesidad de contar con el consentimiento de los titulares de los permisos de conducir.

Desde que la actual Ley de Seguridad Vial entró en vigor hace ahora un año, las empresas de transporte de mercancías y de viajeros están autorizadas para consultar legalmente cuál es la situación administrativa de los permisos de conducir de sus conductores profesionales, una cuestión que en el pasado protagonizó muchas polémicas entre patronales y sindicatos.
En este sentido en la actualidad la Dirección General de Tráfico (DGT) está desarrollando una aplicación informática para que las empresas puedan realizar fácilmente estas consultas de forma online a través del website de la DGT.
De esta forma antes de que finalice este año empresas y autónomos podrán saber en tiempo real si sus chóferes tienen sus carnés de conducir dentro de la legalidad vigente o si los permisos se hayan en situación de suspensión o pérdida por motivos judiciales o administrativos, sin que para ello sea necesario disponer del consentimiento de los conductores afectados.
Por otra parte, estos detalles acerca de los permisos de conducción tan sólo se facilitarán tras el cruce con la base de datos de la Tesorería de la Seguridad Social, que servirá para comprobar que quienes solicitan la información sobre el carné de conducir son los empleadores de las personas titulares de los mismos.
Hay que tener en cuenta que en el caso de que los chóferes estén ejerciendo su trabajo sin el carné en vigor la empresa también puede ser sancionada, una cuestión que las patronales han peleado al considerar que se encontraban en una situación de indefensión jurídica, dado que no existían herramientas y cobertura legal para conocer previamente cuál era la realidad de los carnés de sus conductores.
Por otro lado, tal y como prevé la Ley de Seguridad Vial, a partir de 2024 se aprobará el procedimiento legal que permitirá que las empresas de transporte puedan realizar a sus conductores controles iniciales, periódicos o aleatorios, tanto dealcohol como de drogas y otras sustancias psicoactivas. Estas pruebas tan sólo se podrán realizar durante el tiempo de ejercicio de su actividad profesional.
Por último, para la puesta en marcha de dicho procedimiento se prevé una consulta previa a las asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera.

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