Camiones portacontenedores de obras, obligados a usar tacógrafo

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Camiones portacontenedores de obras, obligados a usar tacógrafo

El Real Decreto 729/2022 publicado en el BOE el pasado mes de septiembre eximía a las hormigoneras del uso del tacógrafo en recorridos inferiores a 100 kilómetros, mientras que por el contrario retiraba la exención que disfrutaban los camiones portacontenedores de obras, cuyos conductores a partir de ahora deben usar los tacógrafos y cumplir la normativa de tiempos de conducción y descanso. 

Recordamos que el pasado mes de septiembre el Real Decreto 729/2022 sobre la obligatoriedad del tacógrafo en camiones aportaba a la normativa de transportes de mercancía por carretera dos importantes novedades, una bastante buena y otra no tan buena.  

Por un lado, la noticia positiva era que unos 10.000 camiones hormigonera quedaban exentos del uso del tacógrafo, al menos cuando presten servicio en recorridos inferiores a 100 kilómetros, mientras que por el contrario el transporte de contenedores de obras en corto recorrido perdía la exención de la que había venido disfrutando hasta ese preciso momento. 

La nueva legislación nacional dictada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) no es otra cosa que una adaptación de la modificada reglamentación europea de tiempos de conducción y descanso aprobada en 2020, una norma que tan sólo considera exento del uso del tacógrafo al transporte de basuras y de otros residuos de origen doméstico y siempre que los vehículos que prestan servicio en esta actividad no superen un radio de acción máximo de 50 kilómetros. 

Por esta razón a partir de ahora los camiones portacontenedores de obras dejan de estar exentos del uso de tacógrafos, dado que se entiende que los residuos domésticos son aquellos que han sido generados en la actividad normal de los hogares o en la realización de obras menores de reparación o construcción en los domicilios. 

Por el contrario todos aquellos residuos procedentes de actividades de construcción y demolición que no tengan un carácter doméstico y que hayan sido generados en el transcurso de obras o reparaciones de mayor importancia, deben ser transportados en camiones portacontenedores que con la nueva reglamentación en la mano están obligados al uso del tacógrafo. 

La presencia del tacógrafo en los vehículos tiene como consecuencia que las empresas y los conductores de estos camiones portacontenedores de obras están obligados a respetar los tiempos de conducción y descanso en la realización de su actividad diaria, una cuestión que sin duda va a complicar la logística de esta actividad y que se suma a las restricciones impuestas por los ayuntamientos en los entornos urbanos.

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