En una reciente sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado en favor de Cabify Envíos, el servicio que entró en funcionamiento en abril de 2020 y que la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid denunció por no cumplir con el marco legal vigente. Ahora el TSJM avala la existencia de Cabify Envíos y acepta que los vehículos con licencia VTC puedan transportar paquetería y mercancías de pequeño formato.
Nadie duda de que el futuro del transporte de paquetería pasa por una mayor competencia y en muchos casos sin necesidad de que los nuevos operadores dispongan de autorizaciones de transporte, ni tampoco estén obligados a cumplir con ningún tipo de requisito para acceder a la actividad.
Este es el caso del servicio Cabify Envíos, que entró en servicio en abril de 2020 con mucha polémica por parte de las organizaciones profesionales de transportistas y que acaba de recibir recientemente el respaldo jurídico del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
En una de sus últimas sentencias el TSJM ha estimado que este servicio de paquetería -Cabify Envíos- puede continuar operativo dado que en su opinión los vehículos vinculados a licencias VTC también pueden realizar el transporte de mercancías de pequeño formato.
Para el TSJM estos turismos están autorizados a transportar el equipaje de los viajeros que contratan sus servicios y al mismo tiempo también pueden realizar otro tipo de encargos -transporte de paquetería- siempre que los objetos transportados cumplan con las exigencias y características técnicas de los propios vehículos.
En su resolución el TSJM estima que la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Transportes de la CAM, se extralimitó en sus funciones y capacidades a la hora de exigir el cese de Cabify Envíos.
En este sentido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid establece que la CAM vulneró con sus decisiones el derecho de libertad de establecimiento de Cabify Envíos y por lo tanto establece que este tipo de actividad cumple con el marco legal vigente.
Evidentemente, esta decisión judicial no ha gustado a las organizaciones de transporte que estiman que este tipo de actividades suponen una competencia desleal, dado que las empresas y los trabajadores de Cabify Envíos no cumplen con los requisitos y autorizaciones que la normativa exige a las empresas de transportes.
Por otro lado, para los transportistas que operan en el sector de la paquetería la presencia de Cabify Envíos supone un incremento de la oferta de vehículos, una circunstancia que en su opinión tiene una incidencia negativa sobre los precios.
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