La DGT ha puesto el punto de mira en los Vehículos de Movilidad Personal. Por ello los usuarios de patinetes eléctricos deben respetar la tasa de alcoholemia y están obligados a someterse a los controles de alcohol y drogas. Saltarse la ley puede conllevar sanciones económicas y posible prisión, pero nunca la pérdida de puntos en el carné de conducir.
La Dirección General de Tráfico (DGT) recoge en la normativa de circulación que todos los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), un concepto en el que se encuentran englobados los patinetes eléctricos, pueden ser sometidos a las mismas pruebas y controles de alcoholemia y a los test de detección de drogas que los conductores de turismos, motos y vehículos comerciales e industriales.
Esto significa que de forma generalizada para los usuarios de patinetes eléctricos la tasa máxima de alcohol es de 0,25 miligramos por litro de aire espirado o de 5 gramos por litro de sangre. Como sucede con los conductores de vehículos convencionales superar estos límites de alcohol trae consigo sanciones económicas y posibles penas de prisión en los casos más graves.
Por otro lado, aquellos conductores de VMP que se nieguen a someterse a las pruebas de control y detección de alcohol y drogas, tienen que saber qué con su comportamiento estarán incurriendo en un delito y que pueden enfrentarse a sanciones económicas de hasta 1.000 euros y a penas de prisión.
¿Cuáles son las multas?
Para los usuarios de patinetes eléctricos la sanción será de 500 euros en aquellos casos en los que la tasa de alcohol detectada no supere los 0,50 miligramos de aire espirado y ascenderá a 1.000 euros cuando la tasa de alcohol supere esta cifra.
Además, desde un punto de vista plenamente jurídico cuando se detecten tasas de alcohol de 0,60 miligramos los usuarios de patinetes eléctricos tienen que ser conscientes de que estarán incurriendo en un delito tipificado en el Código Penal que conlleva penas de prisión de entre tres y seis meses.
Por su parte, en el caso de que en los controles se detecte la existencia de consumo de drogas, y en los casos de consumidores reincidentes, la sanción económica será de 1.000 euros directamente.
Finalmente, hay que tener muy en cuenta que para conducir un patinete eléctrico la normativa requiere que el usuario sea mayor de edad, por lo que en el caso de usuarios menores de edad que hayan consumido alcohol y drogas los responsables de las sanciones serán los padres o tutores legales de los menores.
No hay retirada de puntos
En el caso de los patinetes eléctricos y otros VMP, y a diferencia de lo que sucede con los vehículos convencionales, los usuarios que sean sancionados por haber consumido alcohol y drogas no perderán en ningún caso puntos en sus carnés de conducir.
La razón es que los VMP no precisan para su conducción de estos títulos habitantes y por lo tanto cometer faltas o delitos durante el uso de los mismos no puede afectar legalmente a los carnés de conducir. Por el contrario, lo que sí puede suceder es que los agentes inmovilicen los VMP cuyos usuarios no hayan superado los test de alcohol y drogas, sin opciones a que puedan volver a circular con los mismos, o que obliguen a que los usuarios realicen a pie el recorrido que reste hasta llegar a su destino.
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