A partir del 22 de abril de 2026 viajar con perros, gatos y hurones, entre países de la Unión Europea ya no será tan sencillo como lo venía siendo hasta esa fecha. Las autoridades de Bruselas tienen previsto endurecer a partir de esa fecha los controles fronterizos con el objetivo de garantizar que todos los animales de compañía viajen correctamente identificados y vacunados.
Evitar los fraudes
Tras esta decisión está el hecho de que con cada vez más frecuencia las autoridades de los países comunitarios detectan fraudes en la documentación que acompaña a los animales de compañía, lo que unido a la ausencia de coordinación en los controles puede facilitar la transmisión de graves enfermedades como la rabia.
Esta nueva normativa afecta, únicamente, a perros, gatos y hurones, mascotas incluidas en el Pasaporte Europeo de Animales de Compañía. Porque en el caso de aves, reptiles o pequeños mamíferos, es necesario que los propietarios contemplen otras normativas comunitarias específicas a las que se pueden sumar las propias de cada país de destino.
Hay que recordar que aquellos animales que por alguna razón no superen los controles en frontera pueden ser retenidos, puestos en cuarentena e incluso devueltos al país de origen. Junto a ello los propietarios pueden enfrentarse a expedientes sancionadores con multas que varían dependiendo de cada país.

¿Registro previo?
Por el momento las autoridades comunitarias mantienen en estudio la necesidad de que los propietarios de mascotas realicen un trámite registral con anterioridad a la realización de los desplazamientos, una medida que no entrará en vigor el 22 de abril.
Se prevé que para ese futuro trámite de registro los propietarios de mascotas utilicen una base de datos específica para movimientos de animales de compañía, barajándose un periodo de cinco días hábiles antes de la llegada al país de destino.

Requisitos para viajar a la UE
- Microchip: Desde el 22 de abril será obligatorio que los animales de compañía estén identificados con el correspondiente microchip homologado, que deberá haber sido insertado con anterioridad a la administración de la vacunación antirrábica que figure en el pasaporte.
- Vacuna antirrábica: En este sentido hay que vigilar que dicha vacuna antirrábica se encuentre dentro del plazo de vigencia establecido por las autoridades sanitarias del país de origen y que desde su administración se hayan respetado los plazos mínimos de tiempo (21 días antes de la realización del viaje).
- Pasaporte Europeo: En cuanto al pasaporte europeo este documento deberá estar correctamente cumplimentado y actualizado por un veterinario colegiado, incluyendo como obligatorios los datos de identificación, vacunación y de tratamientos adicionales cuando proceda.
- Cachorros: Los cachorros con menos de 15 semanas de vida o tres meses no pueden viajar sin la pauta de vacunación completada.

Por último, en países como Finlandia, Malta e Irlanda, que se consideran libres de la tenia Echinococcus multilocularis, las autoridades exigen que entre 1 y 5 días antes del viaje los animales sean sometidos a tratamiento antiparasitario documentado.

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