Si tienes un patinete eléctrico, te explicamos paso a paso cómo adaptarte a esta nueva realidad, qué plazos debes cumplir y cómo evitar sanciones.
El incremento del uso de los VMP y el aumento de la siniestralidad (con indemnizaciones por accidentes sumamente elevadas) aceleraron la necesidad de proteger tanto a las víctimas como a los usuarios. Por ello, la nueva normativa exige una póliza de responsabilidad civil obligatoria similar a la de los vehículos a motor.
Tipos de patinetes eléctricos (VMP)
Patinetes ligeros (VPL o Tipo A): De hasta 25 kg y velocidad máxima de 25 km/h. La obligatoriedad se despliega progresivamente, pero para poder asegurarlo, primero debes inscribirlo obligatoriamente en la DGT.
Patinetes pesados (VMP Pesado o Tipo B): Aquellos de más de 25 kg y que superan los 14 km/h, deben contar con el seguro obligatorio desde el 26 de enero de 2026. (Sus coberturas se equiparan a las de vehículos a motor: 70 millones € para daños personales y 15 millones € para materiales).
Guía para inscribir tu VMP en la DGT
Desde finales de enero de 2026, la DGT ha activado el trámite telemático de inscripción de VMP. Sin identificación no hay registro, sin registro no hay matrícula, y sin matrícula no puedes contratar el seguro obligatorio.
¿Cómo registrar y matricular tu patinete paso a paso?
- Abono de la tasa de Tráfico: El primer paso es pagar la Tasa 4.1 de la DGT, cuyo coste es de 8,67 €.
- Trámite en la Sede Electrónica de la DGT: Accediendo con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve a la sección «Inscripción de VMP». Aquí la ruta se divide:
- VMP Certificados (comprados a partir del 22/01/2024): El sistema validará los datos introduciendo el número de certificado del fabricante y el número de serie.
- VMP No Certificados (modelos antiguos): El registro será transitorio (solo te permitirá circular hasta el 22 de enero de 2027). Deberás aportar manualmente información como fotografías del vehículo, factura de compra o ficha técnica para demostrar sus características.
- Obtención de la etiqueta identificativa (Matrícula): Al acabar, la DGT te genera un justificante con un número de registro. ¡Ojo! Tráfico no te enviará ninguna pegatina a casa. Deberás acudir a un centro autorizado de expedición de placas para que te impriman la etiqueta homologada física (suele costar en torno a 20 €) y pegarla en el mástil del patinete.
¿Quién puede realizar este trámite?
- El titular (ciudadano particular): De forma online con sus credenciales electrónicas. Si el propietario es menor de edad, el trámite debe firmarlo su padre, madre o tutor legal.
- Una gestoría (mediante representación legal): A través del Registro Electrónico de Apoderamientos (REA), puedes otorgar permisos a una gestoría para que te realice todo el trámite si prefieres evitarte el papeleo.
El Consejo de Ministros realizó el paso definitivo el pasado 27 de enero de 2026 aprobando el Real Decreto que regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros. Es importante aclarar que la entrada en vigor de esta norma será efectiva el mismo día que se publique en el BOE, algo que ocurrirá en las próximas fechas.
Desde ese momento exacto, el registro pasó a ser un requisito legal obligatorio para poder contratar el seguro y circular.
¿Cómo funcionará la inscripción? La DGT habilitará el trámite telemático en su web (y teléfono 060), diferenciando dos casos:
- VMP Certificados: Obtendrán matrícula definitiva y derecho a portar la nueva etiqueta identificativa.
- VMP No Certificados: Podrán registrarse transitoriamente presentando una declaración responsable o ficha técnica, permitiéndoles circular asegurados solo hasta el 22 de enero de 2027.
Sanciones preparadas La DGT recuerda que, tras la publicación en el BOE, se aplicará el régimen sancionador de la Ley del Seguro:
- Circular sin seguro: 250 a 800 euros.
- Tener el patinete sin asegurar (aunque no circule): 202 a 610 euros.
En Terránea te recomendamos tener toda la documentación de tu patinete a mano para realizar el registro en cuanto el BOE haga oficial la norma en los próximos días.
¿Es obligatorio registrar mi patinete eléctrico?
Sí. Con la entrada en vigor de la nueva normativa, la inscripción de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en el Registro de Vehículos de la DGT se ha convertido en un trámite indispensable. Sin este registro, no podrás asegurar tu patinete y, por tanto, no podrás circular legalmente.
El objetivo de este trámite es asociar cada vehículo a un titular y asignar una matrícula o distintivo que lo identifique de manera única.
Requisitos antes de empezar: Para completar el trámite en la Sede Electrónica de la DGT, necesitarás tener a mano:
- Identificación digital: DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve.
- Datos del vehículo: Número de bastidor o serie y el número de certificado (si tu patinete es posterior al 22/01/2024 y está certificado).
- Documentación adicional: Si tu patinete es antiguo (no certificado), podrías necesitar la ficha técnica, factura de compra o una declaración responsable durante el periodo transitorio.
Pasos para realizar la inscripción online: El proceso se realiza a través del portal de la DGT y sigue estos pasos sencillos:
- Acceso al servicio: Entra en la sección de Matriculaciones de vehículos > Inscripción de VMP de la Sede Electrónica.
- Pago de la tasa: El trámite conlleva una tasa administrativa (Tasa 4.1) cuyo coste ronda los 8,67 €. Puedes pagarla directamente en la plataforma o haberla abonado previamente y aportar el número de justificante.
- Solicitud: Rellena el formulario con tus datos personales y los datos técnicos del patinete.
- Si es un VMP certificado: El sistema validará automáticamente los datos introduciendo el número de certificado del fabricante.
- Si no es certificado (modelos antiguos): Deberás aportar la información manualmente y adjuntar la documentación que acredite la propiedad y características (factura, ficha técnica).
- Confirmación y Distintivo: Una vez finalizado el trámite, obtendrás un justificante de inscripción con el número de matrícula asignado. Con este documento podrás solicitar tu placa física en un centro autorizado de expedición de placas de matrículas y, lo más importante, contratar tu Seguro de Patinete Eléctrico con todas las garantías.
¿Qué pasa si soy menor de edad? Aunque los menores pueden ser titulares de un VMP, el trámite de inscripción debe realizarlo su padre, madre o tutor legal en su representación. El tomador del seguro debe tener 18 años, aunque se puede añadir como conductor a un menor.
Requisitos obligatorios: Seguro, registro y matrícula
El vehículo de movilidad personal (VMP) cumpla una serie de requisitos técnicos y administrativos previos, entre ellos:
- Cumplir los requisitos técnicos exigibles (homologación o certificado, cuando proceda).
- Estar registrado oficialmente.
- Disponer de un elemento identificativo o matrícula.
Sin identificación no hay registro y sin registro no hay matrícula. Aun así, el seguro de responsabilidad civil es obligatorio para patinetes eléctricos, y en el caso del tipo ligero, es decir, con 25 kg o menos de peso y hasta 25 km/h de velocidad, puedes adelantarte y contratarlo igualmente si la compañía así lo permite.
En el caso de los patinetes de tipo pesado, con más de 25 kg y una velocidad mínima de 14 km/h, los usuarios deben contar con seguro obligatorio desde el 26 de enero de 2026 sin necesidad de registro o matrícula.
Circular sin seguro de patinete eléctrico conllevará sanciones económicas. Misma fecha límite para que las compañías de seguros adapten sus seguros para patinetes eléctricos a la nueva normativa.
¿Qué cubre el seguro obligatorio para patinetes eléctricos?
Para garantizar una protección económica sólida en caso de accidente, las pólizas adaptadas a la nueva normativa para vehículos de movilidad personal ligeros (VPL) deben contemplar los siguientes capitales mínimos:
- Hasta 6.450.000 euros por daños personales por siniestro (independientemente del número de víctimas).
- Hasta 1.300.000 euros por daños materiales ocasionados a terceros (peatones, ciclistas, otros vehículos o mobiliario urbano).
Nota: Esta póliza básica no cubre los daños personales del propio conductor ni los daños del patinete, para lo cual se pueden contratar coberturas adicionales.
Para los VPM pesados, con un peso superior a 25 kg y una velocidad superior a 14 km/h, la cuantía del seguro obligatorio debe ser la misma que la de un vehículo a motor:
- Hasta 70 millones de euros para daños personales
- Hasta 15 millones por los materiales.

Patinetes certificados para seguir circulando
Desde que la DGT mostró interés en regular la normativa sobre estos vehículos, lo más destacado ha sido la necesidad de contar con una placa identificativa con las características técnicas en todos los nuevos modelos a la venta a partir de 2024, mientras que desde 2027 éste será un requisito que deberán cumplir todos los vehículos, sin importar si acaban de salir al mercado recientemente o son antiguos.
Es decir, desde el 22 de enero de 2024 sólo pueden venderse modelos homologados por la DGT con certificado VMP. Los patinetes comprados antes de esa fecha tienen moratoria hasta el 22 de enero de 2027, siempre que cumplan las exigencias técnicas.
En cuanto a las reglas de uso, la nueva normativa de Tráfico establece para todo el territorio nacional la obligatoriedad del casco para circular con patinete eléctrico y la prohibición de circular por la acera y de superar una tasa de 0,0 de alcohol para menores de edad.
Homologación de un vehículo de movilidad personal
Es fundamental recalcar que, desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden vender modelos que cuenten con certificado VMP oficial. Si tu patinete es anterior y no está certificado, tendrás ese periodo de gracia transitorio gracias al registro manual en la DGT.
Sin embargo, a partir del 22 de enero de 2027, estará totalmente prohibida la circulación de vehículos de movilidad personal sin homologar. Si no está homologado, no se podrá asegurar y, por tanto, quedará excluido de la vía pública.
Como hemos comentado, uno de los aspectos clave es la homologación de los vehículos de movilidad personal (VMP). La DGT exige que todos los modelos comercializados estén certificados y cuenten con un número de homologación, lo que garantiza su seguridad y conformidad técnica.
La homologación de un VMP es un proceso mediante el cual la Dirección General de Tráfico (DGT) verifica que el patinete, segway o hoverboard cumple con los requisitos técnicos de seguridad, potencia, velocidad y estabilidad establecidos por la normativa vigente. En pocas palabras, se trata de una garantía de que el vehículo es seguro, eficiente y legal para circular.
Verificar la homologación de tu vehículo es un proceso rápido y sencillo. Todos los VMP homologados incorporan una placa de marcaje metálica adherida al chasis, donde se detallan los datos básicos del vehículo. Este distintivo debe estar grabado o remachado en el chasis (nunca en forma de pegatina) y es el primer indicador visual de que tu VMP está homologado.
En esta placa deben figurar:
- Número de serie o bastidor.
- Velocidad máxima autorizada.
- Año de fabricación.
- Código de homologación.
- Nombre o marca del fabricante.
- Código QR que enlaza con información técnica oficial.

Además, la DGT dispone de un listado público y actualizado con todos los modelos de patinetes eléctricos, Segways y hoverboards homologados en España.
¿Quién puede realizar la homologación de un VMP?
Un punto importante que genera confusión es quién puede tramitar la homologación. La DGT contempla una relación de laboratorios autorizados para realizar la homologación del vehículo personal. Este procedimiento, en la actualidad, está reservado para fabricantes y distribuidores oficiales, pese a recoger el Real Decreto de 12 de enero de 2022 un procedimiento excepcional para particulares. Estos laboratorios autorizados no realizan las homologaciones a particulares, por tanto, no es posible realizar el trámite si no es a través del fabricante o distribuidor.
Por tanto, si tu VMP no está homologado, la única solución es contactar con el fabricante o el distribuidor donde lo compraste. Ellos te indicarán si el modelo puede certificarse y qué documentación necesitas presentar.
Requisitos técnicos para homologar un vehículo de movilidad personal
Para obtener el certificado de homologación, el patinete eléctrico, segway o hoverboard debe cumplir con condiciones técnicas y de seguridad muy específicas:
- Velocidad máxima limitada a 25 km/h.
- Potencia nominal máxima de 1.000 W.
- Dos sistemas de freno independientes y efectivos.
- Luces fijas delanteras y traseras, junto con catadióptricos laterales.
- Ausencia de asiento, salvo en los modelos autoequilibrados.
- Pata de apoyo o caballete de estabilidad.
- Visor digital que muestre velocidad y nivel de batería.
- Número de bastidor visible y grabado en el chasis.
- Sistema de propulsión protegido, para evitar manipulaciones que aumenten la velocidad o la potencia.
Cumplir con estas especificaciones garantiza que el vehículo es seguro, estable y adecuado para su uso urbano, además de permitir que sea asegurado.
¿Cuánto cuesta la homologación de un patinete eléctrico?
El coste de homologación puede variar significativamente según el modelo y el fabricante. Generalmente, el precio oscila entre 200 y 1.400 euros, dependiendo del tipo de vehículo y de las pruebas necesarias para certificarlo. Y no todos los fabricantes están dispuestos a ofrecerte este servicio.
Por este motivo, si vas a comprar un vehículo de segunda mano, es recomendable verificar que ya venga homologado de fábrica. Así evitarás trámites innecesarios y posibles sanciones futuras.
¿Qué pasa si circulas sin homologación a partir del 22 de enero de 2027?
Circular sin ella puede tener consecuencias serias:
- Multa económica por infracción administrativa.
- Inmovilización o retirada del vehículo por parte de la autoridad.
- Imposibilidad de contratar o mantener un seguro de VMP.
Es decir, sin homologación no podrás circular legalmente ni contar con la protección de una póliza de seguro. Si sufres un accidente con un VMP después de ese plazo, el seguro podrá rehusar tu siniestro. Esto significa que podrías tener que asumir todos los costes derivados del accidente.
¿Qué patinetes son VMP?
La Dirección General de Tráfico ya definió en su momento qué vehículos pueden ser considerados como VMP (Vehículos de Movilidad Personal). Definiéndolos como los “vehículos de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño superior a los 6 km/h”.
De manera que se quedan fuera de la categoría VMP aquellos que no dispongan de sistema de auto equilibrio, los que tengan sillín, los vehículos concebidos para competición, los vehículos para personas con movilidad reducida, los patinetes con asiento, así como otros vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento de la UE n2 168/2013 (todos aquellos que no sobrepasen la velocidad de 6 Km/hora).

Tanto los patinetes eléctricos como el resto de VMP que se adquieran de ahora en adelante deberán cumplir con una serie de características que recuerda la propia DGT en su página web:
- Velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.
- Deben disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que se circula y el nivel de batería.
- Sistema de frenado. Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Además, los vehículos de más de dos ruedas deberán estar equipados con un freno de estacionamiento.
- Visibilidad: Los vehículos de movilidad personal deberán contar con catadióptricos frontales (de color blanco), en ambos laterales (de color blanco o color amarillo auto) y traseros (de color rojo). La luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
- Además, los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deben llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, para señalizar y distinguir en situaciones de baja visibilidad.
- Deben estar equipados con avisador acústico y con un sistema de estabilización en aparcamiento, para los VMP de menos de tres ruedas (pata de cabra lateral o caballete central).

Por otra parte, desde DAS Seguros se señala una circunstancia importante: muchos vehículos se están comercializando como VMP y no lo son. Por lo que la mejor recomendación legal que se puede dar es que revisemos las características técnicas al adquirir uno de estos vehículos, atendiendo principalmente a aspectos como su potencia o velocidad máxima.
Asimismo, la DGT aclara que los patinetes que aparentemente ofrezcan prestaciones superiores a un VMP y no cumplan los requisitos del Reglamento UE número 168/2013, serán inmovilizados, procediendo a llevarlos a depósito y a sancionar al usuario que lo utilice con una multa de 500 euros. Lo que incluye también a todos aquellos VMP que hayan sido manipulados o alterados para superar la potencia o velocidad reglada en las citadas normas.

Infracciones y Sanciones
La entrada en vigor de la Ley del Seguro y del Registro de VMP ha traído un estricto régimen sancionador para los que no cumplan las normas:
- Circular sin seguro obligatorio: Multas de 250 a 800 euros.
- Tener el patinete sin asegurar (aunque esté aparcado y no circule): De 202 a 610 euros.
- Otras sanciones de circulación: Conducir bajo los efectos del alcohol/drogas (500 € – 1.000 € e inmovilización), usar móvil o auriculares (200 €), circular por aceras o zonas peatonales (hasta 200 €) o no llevar casco (desde 100 €).
Si eres propietario de un patinete eléctrico, la hoja de ruta en este 2026 es muy clara: Homologar (si procede) > Pagar la tasa > Registrar en la DGT > Imprimir la pegatina > Contratar tu Seguro.
Anticiparte y tener todo en regla te permitirá moverte por la ciudad con total tranquilidad. Recuerda que, una vez tengas tu número de registro y tu matrícula colocada, ya puedes contratar una póliza completa. Terránea dispone de seguros para patinete eléctrico muy económicos que cumplen con todos los límites legales exigidos para que ruedes 100% legal y protegido.

Un comentario
Buen artículo, aclara bastante el vacío que teníamos en el uso y disfrute de este tipo de vehículos, por fin vamos sabiendo donde se pueden usar y en que circunstancias, cuales se ajustan a la Ley y cuales no, poco a poco la regulación irá normalizando su uso en las vías públicas, que ya tocaba.