Te contamos todo sobre las zonas de bajas emisiones en España (ZBE). Dónde hay restricciones a la circulación. Con qué vehículos se puede circular por las ZBE. Qué excepciones y autorizaciones hay…
Desde el comienzo de la implantación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en varias ciudades de España son muchos los conductores que tienen dudas acerca de dónde y cómo pueden circular con sus vehículos. Si necesitan distintivo o etiqueta ambiental, si se necesita algún permiso especial, de qué dependen las restricciones a la circulación…
Por eso en Terránea hemos preparado este artículo recopilatorio. La principal pregunta a la que queremos dar respuesta es ¿puedo circular con mi coche en la ZBE? Atentos, que aquí viene toda la información.
Antes de nada, eso sí, hay que dejar claro algo. Si tu coche puede optar a distintivo ambiental (o pegatina) no dudes en que deberías colocárselo cuanto antes. Ya que en muchas de estas zonas es requisito imprescindible. Si aún no lo tienes aquí te explicamos cómo conseguir el distintivo ambiental.
¿Qué es una Zona de Bajas Emisiones (ZBE)?
Como siempre, hemos de empezar por el principio. Y para ello hay que aclarar exactamente qué es una zona de bajas emisiones. Pues bien, la actual legislación medioambiental española la define como:
Se entiende por zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.
O lo que es lo mismo, perímetros, zonas o barrios, designados por los ayuntamientos, en los que el tráfico está restringido a algunos vehículos con el objetivo de disminuir las emisiones contaminantes.
Después habría que diferenciar entre zonas de bajas emisiones con restricciones permanentes, como la de la capital española, o con restricciones a la circulación temporales, en función de los episodios de alta contaminación, como los que han venido manteniendo ciudades como Sevilla o Valencia.
¿Qué ciudades tienen ZBE o zonas con restricciones a la circulación?
La respuesta es fácil y corta. Las ciudades que hasta el momento en España están aplicando las zonas de bajas emisiones o ZBE, con restricciones a la circulación de vehículos de motor de forma permanente son Madrid y Barcelona. Las dos pioneras en nuestro país. Si bien otras ciudades han establecido también restricciones temporales, durante episodios de alta contaminación. En conjunto, las ciudades españolas con ZBE activas son las siguientes:
- Madrid
- Barcelona
- Sevilla
- Valencia
- Valladolid
Dicho esto, hay que aclarar otra cuestión importante. Conforme a la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética aprobada en 2021, desde enero de 2023 en España debería haber cerca de 150 municipios con Zonas de Bajas Emisiones. Es decir, todos aquellos con más de 50.000 habitantes, además de los territorios de las islas.
A esto habría que sumar también los municipios con más de 20.000 habitantes que sufran episodios de alta contaminación.
¿Qué ciudades tendrán ZBE con restricciones a la circulación?
Desde 2023 estos son los municipios que cuentan con ZBE:
ZBE Andalucía
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Alcalá de Guadaira | 75.533 |
Algeciras | 123.078 |
Almería | 201.322 |
Benalmádena | 69.144 |
Cádiz | 115.439 |
Chiclana de la Frontera | 85.150 |
Córdoba | 326.039 |
Dos Hermanas | 135.050 |
El Ejido | 83.758 |
El Puerto de Santa María | 88.703 |
Estepona | 70.228 |
Fuengirola | 82.837 |
Granada | 233.648 |
Huelva | 143.837 |
Jaén | 112.757 |
Jerez de la Frontera | 213.105 |
La Línea de la Concepción | 63.630 |
Linares | 57.353 |
Málaga | 578.460 |
Marbella | 147.633 |
Mijas | 85.397 |
Motril | 58.460 |
Roquetas de Mar | 98.433 |
San Fernando | 95.001 |
Sanlúcar de Barrameda | 69.205 |
Sevilla | 691.395 |
Torremolinos | 69.166 |
Utrera | 50.962 |
Vélez Málaga | 82.365 |
ZBE Aragón
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Huesca | 53.956 |
Zaragoza | 681.877 |
ZBE Asturias
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Avilés | 77.791 |
Gijón | 271.717 |
Oviedo | 219.910 |
Siero | 51.509 |
ZBE Cantabria
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Santander | 173.375 |
Torrelavega | 51.597 |
ZBE Castilla y León
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Ávila | 58.369 |
Burgos | 176.418 |
León | 124.028 |
Palencia | 78.144 |
Ponferrada | 64.509 |
Salamanca | 144.825 |
Segovia | 52.057 |
Valladolid | 299.265 |
Zamora | 60.988 |
ZBE Castilla – La Mancha
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Albacete | 174.336 |
Ciudad Real | Ciudad Real |
Cuenca | 54.621 |
Guadalajara | 87.484 |
Talavera de la Reina | 83.663 |
Toledo | 85.811 |
ZBE Cataluña
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Badalona | 223.166 |
Barcelona | 1.664.182 |
Castelldefels | 67.460 |
Cerdanyola del Vallès | 57.855 |
Cornellà de Llobregat | 89.936 |
El Prat de Llobregat | 65.385 |
Girona | 103.369 |
Granollers | 62.419 |
L’Hospitalet de Llobregat | 269.382 |
Lleida | 140.403 |
Manresa | 78.245 |
Mataró | 129.661 |
Mollet del Vallès | 51.600 |
Reus | 106.168 |
Rubí | 78.591 |
Sabadell | 216.520 |
Sant Boi de Llobregat | 84.500 |
Sant Cugat del Vallès | 92.977 |
Santa Coloma de Gramenet | 120.443 |
Tarragona | 136.496 |
Terrassa | 223.627 |
Viladecans | 67.197 |
Vilanova i la Geltrú | 67.733 |
ZBE Comunidad de Madrid
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Alcalá de Henares | 197.562 |
Alcobendas | 118.417 |
Alcorcón | 172.384 |
Aranjuez | 60.332 |
Arganda del Rey | 56.678 |
Boadilla del Monte | 56.734 |
Collado Villalba | 64.378 |
Colmenar Viejo | 51.938 |
Coslada | 81.391 |
Fuenlabrada | 194.514 |
Getafe | 185.180 |
Leganés | 191.114 |
Madrid | 3.334.730 |
Majadahonda | 72.155 |
Móstoles | 210.309 |
Parla | 133.482 |
Pinto | 53.325 |
Pozuelo de Alarcón | 87.165 |
Rivas Vaciamadrid | 90.973 |
Las Rozas | 96.113 |
San Sebastián de los Reyes | 91.224 |
Torrejón de Ardoz | 132.853 |
Valdemoro | 77.270 |
ZBE Comunidad Valenciana
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Alacant | 337.482 |
Alcoi | 59.354 |
Benidorm | 70.450 |
Castelló de la Plana | 174.264 |
Elche | 234.765 |
Elda | 52.813 |
Gandia | 75.798 |
Orihuela | 78.505 |
Paterna | 71.035 |
Sagunt | 67.173 |
San Vicente del Raspeig | 58.978 |
Torrent | 83.962 |
Torrevieja | 84.667 |
Valencia | 800.215 |
Vila-real | 51.293 |
ZBE Extremadura
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Badajoz | 150.984 |
Cáceres | 96.255 |
Mérida | 59.548 |
ZBE Galicia
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
A Coruña | 247.604 |
Ferrol | 65.560 |
Lugo | 98.519 |
Ourense | 105.643 |
Pontevedra | 83.260 |
Santiago de Compostela | 97.848 |
Vigo | 296.692 |
ZBE Islas Baleares
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Calvià | 51.710 |
Eivissa | 51.128 |
Palma de Mallorca | 422.587 |
ZBE Islas Canarias
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Arona | 82.777 |
Arrecife | 64.645 |
Granadilla de Abona | 51.233 |
Las Palmas de Gran Canaria | 381.223 |
San Bartolomé de Tirajana | 53.397 |
San Cristóbal de La Laguna | 158.911 |
Santa Cruz de Tenerife | 209.194 |
Santa Lucía de Tirajana | 74.602 |
Telde | 102.791 |
ZBE La Rioja
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Logroño | 152.485 |
ZBE Región de Murcia
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Cartagena | 216.108 |
Lorca | 95.515 |
Molina de Segura | 73.095 |
Murcia | 459.403 |
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Pamplona | 203.944 |
ZBE País Vasco
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Baracaldo | 101.486 |
Bilbao | 350.184 |
Getxo | 77.770 |
Irún | 62.910 |
San Sebastián | 188.240 |
Vitoria | 253.996 |
ZBE Ceuta y Melilla
MUNICIPIO | HABITANTES |
---|---|
Ceuta | 84.202 |
Melilla | 87.076 |
Zona de bajas emisiones en Madrid: De Madrid Central a Madrid 360
No es la zona de bajas emisiones más longeva de España, pero sin dudarlo es la que más ríos de tinta ha hecho correr. No sólo por ser la que afecta a la capital, sino por haber sido la más polémica y la que más cambios políticos y de configuración ha sufrido. Antes Madrid Central, ahora Madrid 360. El centro de Madrid se cerró a los vehículos más contaminantes tras sufrir múltiples episodios de alta contaminación que hacían peligrar la salud de los madrileños. El principal y último cambio ha sido convertir a toda la ciudad en ZBE y declarar Madrid Centro como Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), y añadir también la ZBEDEP de Plaza Elíptica, pero con diferentes requisitos entre ambas.
Madrid ZBE 2023 (toda la ciudad)
Madrid 360 incluye zonas de bajas emisiones (ZBE) para mejorar la protección ambiental en los 21 distritos. Estando todo el término municipal declarado como ZBE, si bien las restricciones circulatorias se vienen aplicando de manera progresiva desde el 1 de enero de 2022 hasta 2025:
Los turismos sin distintivo que no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior (desde la fecha en que dejen de cumplirlos), podrán acceder y circular por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’ conforme a las siguientes fases:
- Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y por la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
Hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder y circular por ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ los siguientes vehículos sin distintivo:
- Los vehículos que se encuentren domiciliados en Madrid capital en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
- Los que figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
- Los vehículos para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, especialmente adaptados o no, siempre que se den de alta en el Sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores).
- Los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
A partir del 1 de enero de 2025 solo podrán circular los siguientes vehículos con clasificación ambiental A:
- Los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o para trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
- Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.
¿Qué multa hay que pagar por acceder a Madrid ZBE sin permiso?
La sanción establecida por acceder a la zona de bajas emisiones de Madrid capital sin cumplir con los requisitos establecidos por la administración es de 200 euros de multa.
Plaza Elíptica ZBEDEP
La zona de bajas emisiones de Plaza Elíptica se diferencia de la de Distrito Centro en que únicamente restringe el acceso a los vehículos de etiqueta A. O lo que es lo mismo, todos aquellos que carecen de distintivo ambiental.
En esta categoría se incluyen los coches y otros vehículos, que son los gasolina anteriores a la norma Euro 3 (Euro 0, Euro 1 y Euro 2, normalmente anteriores al año 2000) y los diésel anteriores a la Euro 4 (Euro 0, Euro 1, Euro 2 y Euro 3, usualmente matriculados antes de 2006).
En el caso de las motocicletas y ciclomotores se trata de aquellos anteriores a la normativa Euro 2.
La ZBEDEP Plaza Elíptica incluye las siguientes calles:
- calle Faro
- avenida de Abrantes
- calle Portalegre
- avenida de Oporto
- travesía de Antonia Lancha
- calle Santa Lucrecia
- calle Antonio Leyva
- calle de Arlanza
- lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos
- calle Manuel Noya
- calle Cerecinos
- calle Fornillos
- calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8
- avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid
- calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria
Excepciones ZBEDEP Plaza Elíptica
- Residentes en los barrios de Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó o Zofío del distrito de Usera que dispongan de un vehículo desde el 1 de abril de 2021, en régimen de propiedad o usufructo.
- Vehículos de empresa o autónomos que ejerzan su actividad en un local u oficina ubicada dentro del perímetro de la zona.
- Personas con movilidad reducida.
- Servicios públicos: policía, emergencias, ayuntamiento, etc.
- Transporte de alumnos de educación infantil, primaria y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
- Vehículos pesados y especiales con más de 3.500 kg de MMA.
- Vehículos de transporte público y autobuses.
ZBEDEP Madrid Distrito Centro
¿Qué calles forman la ZBEDEP Madrid Distrito Centro?
Comprende casi todo el distrito, en el que se encuentran los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, y queda delimitada por las siguientes vías: calle Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, calle Carranza, glorieta de Bilbao, calle Sagasta, plaza de Alonso Martínez, calle Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, calle Mayor, calle Bailén, plaza de España, (lateral continuación de la cuesta de San Vicente), calle Princesa y calle Serrano Jover.
Se permite la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro de la ZBEDEP “Distrito Centro”, así como por los siguientes viales o tramos de éstos:
- calle Santa Cruz de Marcenado (de calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá)
- calle Mártires de Alcalá
- calle Seminario de Nobles
- avenida Gran Vía de San Francisco
- calle Bailén
- calle Algeciras
- cuesta Ramón
- calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria)
- calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa)
¿Qué vehículos sí pueden circular por Madrid Centro?
Los coches con pegatinas cero o eco podrán entrar en todo momento y sin restricciones en Madrid Central, ahora denominado como Distrito Centro – Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección.
¿Qué vehículos NO pueden circular por Madrid Centro?
No podrán circular por el interior de Distrito Centro coches y motos sin etiqueta medioambiental los días laborables de 7 a 22 horas. En turismos hablamos de gasolinas anteriores al año 2000 y diésel anteriores a 2006.
Tampoco podrán hacerlo los vehículos con etiqueta A no domiciliados en la ciudad de Madrid, excepto los destinados a la distribución urbana de mercancías.
Únicamente podrán circular sin restricciones los vehículos que dispongan de etiqueta ECO y Cero Emisiones. Las motos con distintivo ambiental B y C podrán acceder a la zona, pero los coches con cualquiera de estas etiquetas solo podrán hacerlo para acceder a un parking público o privado, o amparados por algunas EXCEPCIONES…
Excepciones ZBEDEP Madrid Distrito Centro
Estas son las excepciones por las que sí se podrá acceder a Distrito Centro con un vehículo no autorizado:
- Vehículos de residentes empadronados en Distrito Centro.
- Vehículos de invitados por residentes, sea cual sea la etiqueta medioambiental (pero prohibidos los coches sin etiqueta).
- Vehículos de empresa o autónomos que trabajen en Distrito Centro.
- Personas con movilidad reducida.
- Transporte de alumnos de educación infantil, primaria y de secundaria cuyas necesidades así lo exijan.
- Vehículos pesados y especiales con MMA entre 3.500 kg y 18.000 kg.
¿Puedo circular con mi coche por Madrid?
Es tan fácil como introducir la matrícula de tu coche en el siguiente link. La web te dirá dónde, cómo y cuándo podrás circular (o no) de forma específica con tu vehículo.
¿Cómo circular por las zonas de bajas emisiones de Madrid?
En el Ayuntamiento de Madrid, conscientes del interés que despierta toda la normativa y del relativo desconocimiento de la población acerca de cuáles son los requisitos a la hora de circular por las zonas de bajas emisiones de la capital madrileña, han realizado un vídeo ilustrativo para tratar de aclarar dudas. Así es como se puede circular por las ZBE de Madrid:
¿Desde cuándo entran en vigor las nuevas restricciones de Madrid ZBE?
Estas son las fechas en las que pasa a restringirse la movilidad de vehículos de etiqueta A (los que circulan sin etiqueta):
En primer lugar afecta a los turismos no domiciliados en Madrid capital. No será hasta 2025 cuando afecte a los turismos domiciliados en el ayuntamiento de Madrid y también a otro tipo de vehículos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores).
• Desde el 1 de enero de 2022 no pueden acceder ni circular por el interior de la M-30 los vehículos sin etiqueta (A), excluyendo la propia M-30, por la que sí se puede circular. Las multas comenzaron el 1 de mayo de 2022.
• Desde el 1 de enero de 2023 se amplía a la propia M-30, a la que no pueden acceder ni circular los vehículos sin etiqueta.
• Desde el 1 de enero de 2024 los vehículos tipo A tampoco podrán acceder ni circular por ninguna de las vías públicas urbanas de Madrid ZBE.
• Desde el 1 de enero de 2025 todas las prohibiciones alcanzarán también a vehículos sin distintivo domiciliados en la capital. Y tampoco podrán acceder ni circular los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Los vehículos con clasificación B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones (salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C). Quedan exentos hasta enero de 2025 los vehículos A de distribución urbana de mercancías.
ZBE Barcelona 2023: Área Metropolitana de Barcelona
La iniciativa barcelonesa es, de inicio, bastante más ambiciosa que la establecida en Madrid, puesto que la Zona de Bajas Emisiones abarca, salvo excepciones, los términos municipales de Barcelona, Sant Adriá de Besós, L´Hospitalet de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Cornellá de Llobregat. Las restricciones son de lunes a viernes de 7 a 20 horas.
¿Dónde hay restricciones a la circulación en Barcelona?
La ZBE Rondas de Barcelona es una área formada por más de 95 km2 que incluye Barcelona y los municipios que circundan las rondas, concretamente:
- Todo el término municipal de Barcelona (excepto la Zona Franca Industrial y los barrios de Vallvidrera, El Tibidabo y Les Planes)
- Sant Adrià de Besòs
- L’Hospitalet de Llobregat
- Parte de Esplugues de Llobregat
- Parte de Cornellà de Llobregat
Rondas no incluidas en la ZBE de Barcelona
Ronda de Dalt y Ronda Litoral están libres de restricciones de circulación. Por tanto, todos los vehículos pueden circular (incluidos los que carecen de distintivo ambiental de la DGT). Lo que no podrán hacer es coger una salida y moverse por las calles de la ciudad incluidas dentro de la ZBE.
¿Qué vehículos pueden circular en la ZBE Rondes de Barcelona?
Las restricciones de circulación por la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona establecen que sólo podrán circular por sus calles los vehículos que dispongan de etiqueta ambiental, ya sean los de etiqueta 0, ECO, C o B.
¿Qué vehículos no pueden circular por la ZBE de Barcelona?
No podrán circular los vehículos más contaminantes, es decir, a los que nos les corresponde la etiqueta ambiental de la DGT (0, Eco, C y B).
Concretamente, los vehículos afectados por esta restricción son:
- Los coches de gasolina anteriores a la norma Euro 3 (matriculados antes del 2000).
- Los coches diésel anteriores a la norma Euro 4 (matriculados antes del 2005/2006).
- Motocicletas y ciclomotores anteriores a la norma Euro 2 (matriculados antes del 2003).
- Furgonetas (N1) de gasolina anteriores a la norma Euro 3 (matriculadas antes del 2000).
- Furgonetas diésel anteriores a la norma Euro 4 (anteriores al 2005/2006).
Excepciones para la ZBE Barcelona
Actualmente existen algunas moratorias temporales para vehículos profesionales de transporte colectivo de personas.
Además pueden acceder sin distintivo a la ZBE, siempre que estén dados de alta en el Registro metropolitano:
- Vehículos para personas con movilidad reducida (VPMR)
- Servicios de emergencias (policía, bomberos, ambulancias)
- Servicios esenciales (médicos, funerarios)
Autorizaciones ZBE Barcelona
Los turismos, motos y ciclomotores más contaminantes a los que no corresponda el distintivo ambiental de la DGT podrán pedir al AMB una autorización de 24 horas para circular, con un máximo de 10 autorizaciones al año, a través del Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros vehículos autorizados.
El AMB ha desplegado el Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros vehículos autorizados en la ZBE Rondas de Barcelona. Ahora mismo existen diez tipos de autorizaciones recogidas en el Reglamento:
- Vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida (VPMR): afecta a los conductores de VPMR y al transporte colectivo de personas con movilidad reducida.
- Vehículos de servicios: afecta a vehículos que prestan servicios médicos, servicios funerarios, protección civil, bomberos, policía y cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.
- Vehículos de servicios singulares: afecta a los vehículos de servicios singulares que necesiten acceder esporádicamente a las ZBE, como por ejemplo los servicios de transporte con autorizaciones especiales y vehículos especiales, vehículos con autorización de los ayuntamientos para actividades singulares (obras u ocupaciones de la vía pública), etc.
- Vehículos extranjeros: afecta a los vehículos con matrícula extranjera. Los que cumplan los requisitos tecnológicos de acceso a las ZBE obtendrán una autorización de larga duración para circular. Los que no tengan equivalencia con ningún distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) podrán solicitar hasta 10 autorizaciones diarias al año.
- Autorizaciones diarias: afectan a todos los tipos de vehículos que necesiten acceder esporádicamente a las ZBE de la metrópolis de Barcelona.
- Personas con enfermedades que les condicionan el uso del transporte público: vehículos para personas diagnosticadas de enfermedades que les condicionan el uso del transporte público y que necesitan desplazarse en vehículo privado.
- Personas con tratamientos médicos periódicos: vehículos para personas diagnosticadas de enfermedades que requieren realizar tratamientos médicos periódicos en centros sanitarios situados en las ZBE de la metrópolis de Barcelona.
- Vehículos en pruebas en talleres de reparación: los vehículos en pruebas en talleres de mantenimiento y reparación de vehículos podrán solicitar una autorización para poder llevar a cabo las pruebas a los vehículos que tengan bajo su custodia, o bien realizar el desplazamiento del vehículo a una estación ITV.
- Moratoria para vehículos profesionales: vehículos de las categorías M1 y L dedicados al ejercicio de la actividad profesional de autónomos con ingresos bajos.
- Moratoria para camiones y autobuses que se reemplacen: afecta a vehículos de las categorías N2, N3 y M3 que se reemplacen por un vehículo a motor nuevo que cumpla los requisitos tecnológicos y de emisiones de acceso a las ZBE.
¿Pueden circular los coches clásicos por las ZBE?
Para responder a esta pregunta hay que distinguir entre Vehículo Histórico y vehículo antiguo. Un Vehículo Histórico es aquel que una vez cumplidos los 30 años desde su fabricación cuenta con la certificación y la matrícula VH que otorga la DGT, y un vehículo antiguo es aquel que sigue manteniendo su matrícula original y carece de certificación medioambiental. Los primeros pueden pasar a las Zonas de Bajas Emisiones, si los ayuntamientos así lo aceptan, y los segundos no.
Con los planes de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) aplicados por los ayuntamientos de las grandes ciudades y con las previsiones de que la futura estrategia medioambiental obligará a que las poblaciones por encima de 50.000 habitantes dispongan de áreas restringidas al tráfico en sus núcleos urbanos, los propietarios de vehículos clásicos tienen muchas dudas.
En este sentido la pregunta es: ¿Pueden entrar los vehículos clásicos en las ZBE o pueden ser sancionados si lo hacen?
Para responder a esta pregunta lo primero es distinguir entre dos conceptos básicos, Vehículos Históricos y “vehículos clásicos”, que si no están bien explicados pueden conducirnos a error.
Los Vehículos Históricos disponen de la certificación y de la correspondiente matrícula “VH” otorgada por la Dirección General de Tráfico (DGT), mientras que los mal llamados “vehículos clásicos”, un concepto que sólo existe a nivel popular, mantienen sus matrículas originales y por lo tanto carecen de la necesaria etiqueta ambiental de la DGT para poder acceder a las zonas de bajas emisiones.
En realidad el término “vehículo clásico” no aparece en las normativas españolas que establecen los requisitos y ventajas que tienen los Vehículos Históricos. Por esta razón que un vehículo alcance los 30 años de edad no lo convierte automáticamente en Vehículo Histórico, ni tampoco en un “vehículo clásico”. Es importante saberlo para no cometer equivocaciones.
¿Puedo circular con vehículos históricos en las ZBE?
Desde un punto de vista medioambiental cada ayuntamiento tiene la potestad de autorizar que los Vehículos Históricos puedan entrar o no en las zonas de bajas emisiones (ZBE) bajo su responsabilidad.
Por el momento una de las grandes urbes que ha autorizado su paso a estas zonas es Madrid, aunque la Federación Española del Vehículo Antiguo (FEVA) prevé que esta medida se extenderá a otras ciudades, por cuando este tipo de vehículos no suponen una amenaza para el medioambiente, dado que no se trata de vehículos de uso habitual.
En el caso de Madrid los Vehículos Históricos entre 30 y 50 años pueden circular libremente por las ZBE, pero por el contrario no pueden estacionar en la calle, mientras que por encima de 50 años sí se permite dicho estacionamiento.
Es importante tener en cuenta que la DGT puede establecer limitaciones a los Vehículos Históricos, sobre todo cuando estos no puedan superar los 80 km/h. Por otro lado, la DGT también puede limitar su circulación durante la noche o en condiciones de baja visibilidad cuando estos vehículos carezcan de sistemas de iluminación adecuados.
Además, los Vehículos Históricos que no superen los 60 km/h tienen prohibido circular por autopistas o autovías, y por debajo de los 40 km/h deberán circular pegados a la derecha lo máximo posible o por el arcén cuando exista.
¿Puedo conducir con coche clásico en Zonas de bajas emisiones?
Como ya hemos informado no existe el término “vehículo clásico” en la normativa española, tan sólo está aceptada la calificación de Vehículo Histórico.
Ello significa que los automóviles más antiguos, aunque hayan cumplido la edad límite de los 30 años, no pueden acceder a las zonas de bajas emisiones porque carecen de distintivo medioambiental de la DGT y por lo tanto pueden ser sancionados.
Aquellos propietarios que quieran conseguir para sus vehículos el rango de “histórico” deberán iniciar el procedimiento exigido por la DGT y en cada caso por la Comunidad Autónoma correspondiente.
¿Qué seguro necesito para circular por ZBE?
Tanto en Madrid como en Barcelona o en cualquier otro municipio en el que se establezcan restricciones de circulación, los vehículos que puedan circular (ya sea por cumplir los requisitos medioambientales o por autorizaciones o invitaciones limitadas) deberán hacerlo con un seguro en vigor. Como en el resto del territorio, todo vehículo debe circular, como mínimo, con el seguro obligatorio en vigor (seguro a terceros).
Si se trata de un vehículo que no suele utilizarse o del que se va a hacer uso de forma esporádica la alternativa ideal es un seguro por días. Se trata del seguro más económico y que permitirá, a un menor coste, circular por cualquier ZBE del territorio nacional. Ya sea en su variante a terceros, terceros con lunas o bien a todo riesgo.
Puede contratarse aquí en sólo dos minutos. Y la póliza se emite de forma inmediata tras el pago con tarjeta. Por lo que podrás empezar a circular en cuanto tramites el pago.
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